La Comisión Colombiana de Juristas (CCJ) interpuso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) una petición de medidas cautelares por la curul de la excongresista Ángela María Robledo y así evitar la destitución determinada por el Consejo de Estado y la Corte Constitucional aduciendo ‘doble militancia’.
El argumento principal de la CCJ es que para el momento en que Ángela María perteneció a la Colombia Humana, después de haber renunciado al partido Alianza Verde, la primera no tenía personería jurídica y “la doble militancia solo se aplica a partidos o movimientos con personería jurídicas”.
Además recuerdan que Robledo llegó al Congreso no como candidata sino como resultado de haber quedado en segundo lugar como fórmula vicepresidencial de Gustavo Petro en 2018 y gracias al Estatuto de Oposición.
“La decisión de excluir del Congreso a Ángela María Robledo no ha sido adoptada por un juez penal, lo cual viola flagrantemente el artículo 23.2 de la Convención Americana y lo ordenado al respecto por la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), específicamente para Colombia, en la sentencia emitida el 8 de julio de 2020 a favor de Gustavo Petro”, argumenta la CCJ.
La Comisión denunció que Robledo ha sido intimidada y perseguida, señalando a la Procuraduría General de la Nación por abrir una investigación disciplinaria contra ella por apoyar el paro de 2021. Mencionan también al comandante del Ejército, general Zapateiro, por haberle enviado una carta intimidatoria dado que Robledo hizo un llamado al Ejército de no disparar contra civiles.
Por estas razones solicitan las medidas cautelares para que, si es necesario, “el Estado, en su conjunto, suspenda los efectos de las sentencias proferidas en contra de Robledo, por resultar contrarias al ejercicio y a las garantías de sus derechos políticos y cese cualquier otro tipo de persecución que adelanta contra la congresista”.
Por último la CCJ se acoge al artículo 24 del reglamento de la CIDH en la que expresan la posibilidad de solicitar estas medidas cuando hay situaciones urgentes y de alta gravedad.
De acuerdo con la Corte Constitucional, Robledo incurrió en doble militancia pues debió renunciar a la plaza que ocupaba en la Cámara de Representante por la Alianza Verde un año antes de que se inscribiera como fórmula vicepresidencial de Gustavo Petro, por el movimiento político Colombia Humana.
La decisión del alto tribunal se tomó con cinco votos a favor y cuatro en contra y contó con la participación de la conjueza Ruth Stella Correa, expresidenta del Consejo de Estado, debido al impedimento que presentó la magistrada Paola Meneses.
Robledo renunció a su curul por la Alianza Verde en 2018, exactamente el 20 de marzo, cuando ya había hecho formal su inscripción como candidata a la Vicepresidencia. Este hecho fue lo que llevó al alto tribunal a determinar que sí incurrió en doble militancia.
Ese mismo argumento fue el que usó en abril de 2019 la Sección Quinta para anular la resolución 1595 del 19 de julio de 2018 del Consejo Nacional Electoral que le daba la curul a Robledo. El alto tribunal determinó que la prohibición de doble militancia aplica para quienes aspiren a la Vicepresidencia de la República.
Luego de esta decisión Robledo interpuso una tutela en el Consejo de Estado argumentando que no se tuvo en consideración que ella llegó a la Cámara no por presentarse a la urnas sino por el Estatuto de Oposición, que le otorgó al ser la segunda candidata más votada.
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