Luego de interponer una acción de tutela, Álvaro Sandoval, un repartidor de Rappi, fue otorgado con un fallo a favor por parte de un juez de Bogotá que, luego de estudiar su caso, decidió darle la razón, y ordenó a la empresa de domicilios a ceder respecto a lo que el hombre estaba solicitando. De acuerdo con lo denunciado por el empleado, su cuenta de trabajo fue suspendida por más 30 días, al parecer, y según lo determinó el juez, sin razones justificadas. La imposibilidad de trabajar durante más de un mes afectó su estabilidad económica y la de su familia, de acuerdo con lo que explicó.
“Tuve que esperar 30 días hábiles para que Rappi me contestara, para que me diera la misma respuesta: fuiste inhabilitado por términos y condiciones. Pero no presentaron pruebas ni me dieron una razón justificada”, explicó Sandoval en una entrevista con Blu Radio. En su conversación con la emisora, el ‘rappitendero’, como se le conoce a los mensajeros de aquella empresa, argumentó que Rappi había vulnerado sus derechos al trabajo y al mínimo vital.
Con la confirmación de que, en efecto, la empresa se había comportado de una manera incorrecta con Sandoval, el juez ordenó la reactivación de la cuenta, pues, de acuerdo con las mismos términos y condiciones que tiene el negocio de domicilios, este tipo de aplicaciones antes de suspender sus domiciliarios tiene que garantizar una segunda instancia para que la persona se pueda defender.
“Ordenó a Rappi dentro de 48 horas se me habilite mi cuenta sin ninguna clase de restricción durante 24 meses. Es ahí donde uno dice que esa aplicación no hay quién la regule, esta aplicación no hay quien esté vigilando (...) cuáles son los procesos para los trabajadores”, argumentó Álvaro respecto a su situación.
Sandra Muñoz, representante de legal de Unidapp, dijo que “este caso ya se ha denunciado hace mucho tiempo (...) a los trabajadores les bloquean sus cuentas impidiendo que tengan acceso al mínimo vital.” De acuerdo con lo que reveló ese medio de comunicación, en el sindicato de Rappi, que agrupa más de 1.500 repartidores, hay varias quejas como esta.
“Establece unas reglas que deben ser respetadas en casos posteriores y en la medida que llegue a la Corte va a tener mayor fortaleza ese precedente de respeto al debido proceso en el marco de las relaciones que vinculan a los rappitenderos”, dijo Iván Jaramillo, experto en derecho laboral, a la misma emisora que, para resolver sus dudas sobre el caso, decidió contactar a diferentes profesionales en el tema. Según Jaramillo, esta victoria de Álvaro sobre la empresa marca un precedente para que las plataformas “respeten el debido proceso”.
Este caso rememora lo que sucedió en diciembre del 2020 con el caso de Jhonny Antonio Manzanilla. El hombre, originario de Venezuela, pero residente en Bogotá, interpuso una tutela en contra de ‘Soy Rappi’, porque, tal y como pasó con Álvaro, la firma Rappi SAS habría bloqueado su cuenta sin justificación alguna, lo cual le impedía trabajar como domiciliario. De este trabajo provenía su única fuente de ingreso, por lo que su economía se vio seriamente afectada. Según informó el diario ‘El Espectador’, Manzanilla “interpuso una tutela para proteger sus derechos fundamentales al debido proceso y al mínimo vital”.
“El trabajador tiene dos caminos para defender sus derechos: el primero, es la acción de tutela. Un juez puede establecer que hay un peligro inminente de sus derechos fundamentales, como a la vida y a la salud, que están relacionados con la vinculación a una compañía”, aclaró Germán Flórez, presidente de la Asociación Colombiana de Legal Tech, en una entrevista con Asuntos Legales.
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