La jueza primera penal municipal, con funciones de control de garantías, dictó medida de aseguramiento y envió a la cárcel a Enrique Vives Caballero, a quien se responsabiliza de embestir con su vehículo a siete personas, de las que murieron 6, tras haber consumido licor en la madrugada del pasado lunes 13 de septiembre.
La operadora judicial tomó la decisión luego de suspender la audiencia, hacia las 10 de la noche, para revisar el material probatorio donde la defensa de Vives aseguraba que el accidente lo habían causado los fallecidos porque supuestamente invadieron el carril por el que se movilizaba Vives.
No obstante, el hecho de que el hombre manejara a alta velocidad y bajo los efectos del licor, agravantes de dicha conducta punible, le dieron las razones para que en el juzgado se tomara la decisión de imputarle el delito de homicidio con dolo eventual y privar de su la libertad a Vives, tras la solicitud que realizó la Fiscalía y que contó con el respaldo de la Procuraduría .
La audiencia
Tras un corte de luz cerca de la medianoche del viernes, en la mañana del sábado le llegó el turno al abogado Alex Fernández para defender al empresario de la petición para medida de aseguramiento.
Durante su intervención, el jurista centró su argumento en una idea básica: no se está teniendo en cuenta como “hecho jurídicamente relevante” el que su cliente estuviera transitando por la vía que le corresponde, cuando “siete peatones deciden cruzar una vía nacional de alta incidencia vehicular, superadas las 12:03 de la mañana. Cuando estos ciudadanos invadían la vía vehicular dentro de una vía de alto tránsito. Estos elementos se condensan en el informe presentado por la Fiscalía General de la Nación”.
En ese sentido, Fernández señaló que la decisión de Camila Romero, Leonor Romero, Juan Diego Álzate, Camila Martínez y Laura Valentina de Lima, Rafaela Pertuz Zaneite y Brian Iñez (el único sobreviviente) no sólo los puso en riesgo a ellos, sino a cualquier conductor que transitara por la vía en cuestión. Igualmente agregó que, de acuerdo con el croquis del accidente, elaborado por la Policía, existe un puente peatonal a pocos metros del lugar del siniestro.
Para sustentar dicha idea, el abogado empleó el mismo esquema, para demostrar que el suceso pasó en una calzada completamente recta y de dos carriles con “deficientes” condiciones de iluminación. Allí, dijo, “los peatones observando un vehículo en movimiento, toman la decisión de abalanzarse sobre una vía peatonal y en ella, una vez se retiran de ella, se abalanzan sobre la vía vehicular”.
Prueba de ello es que todos los golpes que presenta el vehículo del acusado son frontales y no laterales. “Para los efectos, mi representado siguió su ruta, no sufre ninguna desviación, se mantuvo de manera frontal con percepción y centro de su vehículo, sin invadir la berma dentro de la calzada. Son los peatones quienes infortunadamente invaden la vía del vehículo”, agregó.
Acto seguido, advirtió que en el informe oficial del accidente se evidencia que los peatones podían observar las luces del vehículo, mientras que el vehículo y su conductor no tuvieron el tiempo suficiente para reaccionar y evitar el accidente con el freno o con maniobras evasivas. En ese sentido, Fernández aseguró que Vives intentó detener el auto en lo que se entiende como una reacción correcta, pero que a pesar de eso le fue imposible evitar la colisión.
Igualmente, el defensor recordó que su cliente detuvo el vehículo tras atropellar a las siete personas para intentar auxiliar a las víctimas, para posteriormente someterse sin oponer resistencia a las autoridades. Esta, como las ideas anteriores, estuvieron acompañadas por testimonios de peritos y otros testigos presenciales que dan fe tanto de la presencia de las víctimas en la vía vehicular, como de la entrega del acusado.
Con esto, señaló que “ningún elemento se aporta a la solicitud que indique que la medida de aseguramiento en este caso debe ser urgente, que debe realizarse en este instante y no en otro momento”.
La extensa intervención del abogado, sin embargo, fue reprendida por la juez del caso Olmis Cotes, quien le recordó a este se trataba de la audiencia preliminar de imposición de medida de aseguramiento, en la que se evalúa una inferencia razonable de participación o de autoría. “No estamos discutiendo con respecto a la responsabilidad del imputado”, advirtió.
Ante esto, el jurista insistió en que “mi representado no desconoció deberes objetivos de cuidado”, relacionados con la prelación que tienen los peatones en las vías colombianas.
Sobre las posibilidades de que Vives intente huir del proceso, o de Santa Marta, Fernández recordó que este es una persona reconocida en la capital del Magdalena, con negocios que debe vigilar, así como yerno de un importante exmagistrado de la ciudad. Igualmente presentó informes psiquiátricos que demuestran que su cliente no es un riesgo para la sociedad, por lo que no se justificaría la medida de aseguramiento en este momento.
Con todo, la defensa pidió la reclusión del empresario en su lugar de residencia, con posibilidad de poder recibir atención intrahospitalaria con el objetivo de darle tratamiento a los cuadros de ansiedad que está presentando.
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