Qué es el homicidio con dolo eventual del que fue acusado Enrique Vives y cuál es la pena

El empresario samario fue finalmente imputado por atropellar a siete jóvenes en una vía del corregimiento de Gaira, seis resultaron muertos y otro se recupera de sus heridas

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Bogotá. Septiembre 15 de 2021.
Bogotá. Septiembre 15 de 2021. Empresario Enrique Vives Caballero quien es sindicado de atropellar a seis jóvenes en el sector de la Gaira, en Santa Marta. (Tomada de Facebook)

Este viernes la Fiscalía General de la Nación imputó cargos contra Enrique Vives, el hombre que manejaba el carro que atropelló a siete jóvenes en Gaira, Magdalena. Homicidio en concurso homogéneo y sucesivo en la modalidad de dolo eventual fue el delito cargado al hombre por parte del fiscal Arides Martínez.

El código penal colombiano tiene el la definición de ‘dolo’ en el artículo 22 y la resume como “la conducta de realizar cualquier hecho constitutivo de infracción penal de forma intencional”. Para que sea dolo, la persona debe tener conciencia y voluntad de cometer una acción y que, claramente, genere un daño o perjuicio en otra persona.

El dolo eventual parte de un actor (causante de un acto ilícito) que cometió los hechos siendo consciente de ello y con voluntad. Pero principalmente es cuando se comete un daño y no se descarta el resultado que pueden tener esas acciones al aceptar que puede ocurrir algo, que tiene consecuencias (ya sea de daño a una personas o en este caso a varias).

En otras palabras, es cometer una acción que puede acarrear otra y aun así se sigue con la primera, como si se dejara al azar.

Según el fiscal Arides Martínez en la audiencia que se adelantó este viernes desde pasadas las 4:00 p.m., la pena por este delito va entre los 17 años, tres meses y 37 años con cinco meses. El ente acusador le pidió al juez la pena máxima dado que cometió el delito seis veces (de los siete jóvenes atropellados, uno está vivo). Por su parte, el abogado penalista Francisco Bernate en diálogo con Noticias Caracol dice que la pena podría estar entre los 10 y 11 años de cárcel.

En el primer intento de audiencia de imputación de cargos del jueves, la jueza primera penal municipal con función de garantías, Olmis Cotes, parafraseó el relato que Vives le entregó sobre los hechos, desde la Clínica Psiquiátrica Fusam, donde se encuentra internado.

“Iba por el carril izquierdo de la vía que es doble calzada y me sale un grupo de muchachos que no vi”, leyó Cotes.

De acuerdo con lo contado por la togada, tras el accidente, Vives se bajó del auto para ayudar a una de las víctimas, pero, según el relato del investigado “habitantes del sector le dieron puños”.

Por otro lado, además de conocerse la versión de Vives, la jueza entregó los resultados de la valoración Médica que le realizó Medicina Legal al investigado, en el cual se estableció que Vives puede permanecer recluido y acudir a los controles médicos en el centro privado en el que sea convocado.

Sobre las 2:00 de la mañana del pasado lunes 13 de septiembre, Enrique Vives Caballero, quien se desplazaba en su vehículo a alta velocidad y en estado de embriaguez por el sector de Gaira, en la ciudad de Santa Marta, arrolló a siete jóvenes que se movilizaban en la zona, de los que cinco perdieron la vida de manera inmediata debido al impacto.

“El conductor cometió una imprudencia al conducir en estado de embriaguez, grado dos, confirmado y además en exceso de velocidad”, informó el comandante seccional de la Policía de Tránsito y Transporte de Santa Marta, el capitán Wilson Mendoza.

Las víctimas, quienes estaban reunidos por la celebración de cumpleaños número 13 del único joven que sobrevivió, fueron identificadas como: Camila Romero, Leonor Romero, Juan Diego Álzate, Camila Martínez y Laura Valentina de Lima, quienes fallecieron en el lugar de los hechos, mientras que Rafaela Pertuz Zaneite, murió en una clínica de Santa Marta.

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