Varios objetos que fueron decomisadas por la Dian en diferentes situaciones de orden público o que entraron al país de manera ilegal, serán subastadas por la entidad de manera virtual hasta el próximo viernes 17 de septiembre a las 11 am.
Quienes deseen adquirir alguno de los productos solo tendrán que ingresar a un martillo que manejará el Banco Popular a través de la página web: El Martillo del Banco Popular, allí encontrarán más de 100 referencias de joyas de oro, muebles, tractores, propiedades e incluso, lingotes de oro. Eso sí, los precios del mercado son bastante altos, de las cosas más económicas, se pueden encontrar unos aretes de plata que cuestan 50 mil pesos y de las más costosas, elementos de oro que oscilan entre los 300 millones.
El valor de toda la mercancía a subastar y que ha tenido guardada la Dian durante años, llega a 2.235 millones de pesos.
¿Cómo participar en la subasta?
Las personas interesadas en ver los productos pueden visitar la pagina web del Banco Popular en donde están alojados todos los productos el enlace es: www.elmartillo.com.co/wps/portal/martillo/home
Allí están alojadas las imágenes de los productos , la información de su estado y el lugar físico donde se debe ir a recoger y firmar por la compra. En caso de que le guste algún producto y quiera adquirirlo, el ofertante tendrá que pagar el 20 por ciento del valor base del bien que deseen comprar a través de PSE.
Sin embargo, solo se sabrá si el producto quedo en manos del ofertante hasta el viernes a las 11:30am, o si por el mismo pagaron un valor más alto en otro lugar. La persona que haya logrado ganar la oferta tendrá cuatro días más para hacer efectivo el pago total del producto.
¿Por qué decomisa la Dian algunos productos? :
Según el Decreto 390 de 2016 del Estatuto Aduanero destaca varias causales en los que no autorizar el levante de mercancía en casos donde:
Se detecte avería, daño o deterioro en las mercancías importadas.
Según el Decreto 390 de 2016 del Estatuto Aduanero destaca varias causales en los que no autorizar el levante de mercancía en casos donde;Se detecte avería, daño o deterioro en las mercancías importadas.
Se tengan motivos fundamentados para dudar de la veracidad, exactitud e integridad del valor de la mercancía y/o de los elementos determinantes del valor en aduana declarado.
El Sistema de gestión del riesgo expresamente determine que existe diferencia entre el precio declarado y el precio tomado como indicador de riesgo.
La factura comercial presente borrones o enmendaduras, caso en el cual se descarta la aplicación del método del valor de transacción de las mercancías importadas.
Se establezca que el declarante se ha acogido a un tratamiento preferencia.
Se establezca el incumplimiento de requisitos para el régimen declarado, no detectados al momento de la aceptación de la declaración aduanera.
Se establezca que el declarante se ha acogido a un tratamiento preferencia.
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