Tribunal ordena embargar los bienes de Centros Poblados y suspender todos sus contratos

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca aceptó la solicitud de la Procuraduría General de decretar medidas cautelares dentro del caso que se adelanta en contra de la Unión Temporal Centros Poblados por el contrato con MinTIC

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Centro Digital de Bolívar que exhibió la Unión Temporal Centros Poblados y aseguró que ya había instalado 845 hasta el pasado 31 de julio
Centro Digital de Bolívar que exhibió la Unión Temporal Centros Poblados y aseguró que ya había instalado 845 hasta el pasado 31 de julio

El pasado 8 de septiembre la Procuraduría General de la Nación interpuso una acción popular ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca pidiendo medidas cautelares dentro del caso que involucra a la Unión Temporal Centros Poblados y a sus integrantes, para recuperar el anticipo del contrato por valor de $70.243.279.599.

Este 13 de septiembre, el alto tribunal aceptó la solicitud del Ministerio Público y ordenó el embargo de todos los bienes de la UT por valor del dinero que entregó el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones como anticipo para la construcción de centros de internet en colegios de zonas apartadas del país.

“Decrétese el embargo de las cuentas de ahorro, cuentas corrientes, CDT, etc. que tengan la UNIÓN TEMPORAL CENTROS POBLADOS DE COLOMBIA 2020, los socios de los miembros y miembros que la integran”, ordenó el tribunal.

También se confirmó el embargo y secuestro de los bienes muebles e inmuebles, de rentas y derechos que llegasen a tener en otros contratos firmados con entidades públicas, cuentas pendientes por pagar y cobrar, etc. que tengan Centros Poblados.

El tribunal además ordenó a todas la entidades públicas del país suspender todo contrato, convenio o cualquier tipo de modalidad contractual, suscritos con la Unión Temporal.

“Por conducto de la Agencia Nacional Colombia Compra Eficiente, comuníquese esta decisión a todas las entidades públicas que en la base de datos de la referida autoridad administrativa evidencie que tiene contratos con la mencionada Unión Temporal y sus miembros. REQUIÉRASE a la Agencia Nacional Colombia Compra Eficiente para que, en el término de tres (3) días, remita con destino al presente proceso, la información que dé cuenta del cumplimiento a este numeral”, señala el fallo.

En la acción popular, la Procuraduría solicitó declarar vulnerados los derechos colectivos a la moralidad administrativa; la defensa del patrimonio público y el acceso al servicio esencial de internet, y a su prestación eficiente, continua y permanente con ocasión de las acciones y omisiones presentadas dentro de la licitación y el contrato.

Entre los accionados están: Ministerio de las Tecnologías de la información y las Comunicaciones (MinTIC), representado legalmente por Karen Abudinen Abuchaibe o por quien haga sus veces; el Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Fontic); la Unión Temporal Centros Poblados (UT) y sus integrantes, once empresas y una fundación.

El órgano de control solicitó que se ordene al MinTIC y Fontic que:

- Adopte de manera inmediata las medidas necesarias frente SESCOLOMBIA S.A.S, la interventoría y los funcionarios públicos y demás contratistas que tuvieron que ver en la consolidación de las irregularidades presentadas.

- Establezca los correctivos y medidas legales, judiciales, contractuales, administrativas, financieras y/o técnicas, que aseguren o propendan por la prestación eficiente, continua y permanente del servicio público esencial de internet, de acuerdo con el alcance del Contrato Fondo N°. 038 de 2020 en los 15 departamentos y en Bogotá, según objeto del contrato N°. 1043 de 2020.

En cuanto a la UT Centros Poblados y sus integrantes, así como a los socios, partícipes y/o beneficiarios, SESCOLOMBIA S.A.S Y BBVA ASSET MANAGEMENT S.A. SOCIEDAD FIDUCIARIA, la Procuraduría había pedido declararlos responsables por los daños, perjuicios e indemnizaciones que se presentaron en la ejecución del contrato caducado y adjudicado al segundo en orden de elegibilidad. También que en esta decisión se vincule al MinTIC y al Fontic.

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