La Fiscalía General de la Nación archivó la denuncia que interpuso el exgerente del Sistema de Medios Públicos (RTVC), Juan Pablo Bieri, en contra de la periodista y exdirectora de Señal Colombia, Diana Marcela Díaz Soto, por presuntamente haber filtrado unas grabaciones en las que Bieri habría decidido censurar al programa Los Puros Criollos.
Bieri sustentó su demanda contra Díaz en la supuesta revelación de secretos, utilización de asunto sometido a reserva y utilización indebida de información oficial privilegiada. “Marcela Díaz quebrantó su contrato de trabajo al revelar los asuntos de interés que se adelantaron en la oficina privada del Gerente de RTVC”, aseguró Bieri en su momento.
Sin embargo, la Fiscalía decidió archivar la investigación porque “hasta el momento no es posible establecer que la señora Diana Marcela Díaz Soto haya utilizado la información obtenida en la reunión (...) en beneficio propio o de un tercero”. El ente acusador además agregó que, aunque Díaz Soto fue quien grabó la conversación, no se ha establecido que ella fue quien divulgó los audios.
La Fiscalía también resaltó que los argumentos de la denuncia presentada por Bieri eran incongruentes, puesto que la información de esa reunión del 6 de diciembre de 2018 fue publicada ese mismo día y no por culpa de Díaz Soto, sino por terceros.
De acuerdo con el ente investigador, uno de los divulgadores fue Santiago Rivas, para quien “era un acto de censura por haber participado en el programa La Pulla, emitido el 6 de diciembre de 2018, y en donde manifestó su desacuerdo a la denominada Ley MinTic”.
Por ello, la Fiscalía determinó que “no le es permitido a esta delegada establecer la existencia de una conducta típica objetivamente, no quedando otro camino jurídico que archivar provisionalmente la indagación por atipicidad de la conducta”, advirtiendo que, de surgir nuevos elementos probatorios, se reanudaría de nuevo la indagación, siempre y cuando la acción penal no se haya extinguido.
Tras conocerse la decisión de la entidad, Díaz Soto se pronunció a través de su cuenta de Twitter, diciendo:
“Pensé que este día nunca llegaría. ¡Archivado! Mil gracias. No tengo cómo pagarles (en serio ) Gracias gracias @FLIP_org sigan (sigamos) en la lucha.”
Por su parte, la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip) entidad a la que, según indicó la Fiscalía, Díaz Soto entregó la grabación en enero de 2019, ante una petición de la misma para “aclarar lo relacionado con la respuesta dada por el señor Bieri a la FLIP respecto del presunto caso de censura del programa Los Puros Criollos”, también se pronunció.
“La FLIP celebra la decisión adoptada y recuerda que el Estado colombiano está en la obligación de proteger a los funcionarios y ciudadanos particulares que denuncien de buena fe actos de corrupción, incluyendo la protección de su identidad e integridad”, escribió la Fundación a través de su cuenta de Twitter.
Cabe recordar que todo el proceso judicial comenzó luego de que en 2018 se revelaran unas grabaciones donde Bieri, en ese entonces director de RTVC solicitaba censurar el programa de Los Puros Criollos, ya que le incomodaban las opiniones de Santiago Rivas.
Aunque en la conversación Díaz Soto le advierte que la producción ya está paga, Bieri le señala que debe “matarse” el programa así sea cambiándole el horario de transmisión.
“Lo ponemos a las tres de la mañana, no tengo idea (...) Él no sabe (Rivas), digamos no tiene idea de lo que está diciendo, y segundo se está burlando del Estado, se está burlando de la entidad que le da de comer y le paga el sueldo (...) No hay posibilidad de que en esta gerencia Santiago vuelva a trabajar con esta gerencia, con esta empresa”, fueron algunas de las afirmaciones de Bieri, según conoció el diario El Espectador.
Tras conocerse las grabaciones, según reportó la Flip, en marzo de 2019 Bieri acudió a la Fiscalía señalando que Díaz Soto habría incumplido la cláusula de confidencialidad al haber grabado la conversación.
Finalmente, de acuerdo con lo conocido por la Flip, la Fiscalía estableció que Díaz Soto “no violó la cláusula de confidencialidad porque esta abarca información que pueda afectar a la empresa comercialmente”, y que tampoco se violó el derecho a la intimidad de Bieri, puesto que la conversación fue grabada en un lugar semiprivado y, por tanto, no hubo intromisión en su esfera íntima.
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