Mediante un incidente de recusación, la senadora María Fernanda Cabal del partido Centro Democrático busca apartar a seis de los magistrados de la Corte Constitucional que votaron el acto legislativo que otorga las 16 curules de paz a las víctimas del conflicto armado en Colombia.
La congresista considera que los togados Antonio José Lizarazo Ocampo, Alejandro Linares Cantillo, José Fernando Reyes Cuartas, Alberto Rojas Ríos, Diana Fajardo Rivera y Cristina Pardo Schlesinger deben abstenerse del estudio de constitucionalidad en mención, debido a que, según Cabal, ellos participaron en el fallo que emitió el tribunal en 2017 cuando revivieron esos escaños para los afectados de la guerra.
Su decisión es porque los juristas influyeron en la decisión de la tutela que interpuso el también senador Roy Barreras en 2017 sobre este proceso que, hasta ese año, estaba archivado en los estrados del Senado de la República.
Además, en el caso del magistrado Antonio Lizarazo Ocampo, que además es el presidente de esa Corte y asesoró al alto comisionado de paz en 2016 cuando se adelantaban las negociaciones con las extintas FARC, la senadora Cabal considera que debe declararse impedido para decidir en el fallo sobre las curules para las víctimas de paz.
Cabe recordar que el mismo togado había anunciado que no votaría en el tema y él mismo se declaró impedido por haber participado en el proceso de paz con la antigua guerrilla promoviendo la participación política de las víctimas.
Por otro lado, aunque a la parlamentaria tal parece que no le gusta el proyecto en mención, el Gobierno nacional ya promulgó las curules y se espera que se entreguen en las 16 zonas que más afectadas se vieron por la guerra entre el Estado colombiano y las FARC durante los más de 50 años que duró el conflicto armado colombiano.
Sobre el tema, señaló Cabal, el pueblo colombiano tomó una decisión en el plebiscito por la paz en 2016 y por eso ella ratificó el deseo que su bancada tiene con respecto al tema: “Los colombianos que fueron mayoría con el no en el plebiscito, votaron entre otras cosas, para impedir que se colaran falsas víctimas y familiares de miembros de las Farc en las circunscripciones especiales, como intentaron hacer el hermano de alias ‘Santrich’ y el testaferro de alias ‘Ivan Márquez”, expuso.
El recurso que instauró la parlamentaria será estudiado por los magistrados de la Corte Constitucional que no han sido recusados, tal y como se estipula en el artículo 28 del Decreto Ley 2067 de 1991.
Es decir, que quienes no recibieron esa anotación deberán decidir si avanza o no la iniciativa que la congresista uribista promueve desde el Senado y que será definida por la Sala Plena de la Corte en la que, una vez se emita un fallo, será la Registraduría Nacional y el Consejo de Estado, quienes definan el paso a seguir en este proceso.
No sobra recordar que, inicialmente, el punto 2.3.6 del Acuerdo Final de Paz planteaba crear esas 16 curules para los periodos 2018-2022 y 2022-2026, sin embargo, el proyecto quedó truncado en el Congreso en 2017 y por una tutela del senador Roy Barreras, tanto el Consejo de Estado como la Corte Constitucional, ordenaron revivir el texto que finalmente fue aprobado en el legislativo. Por tal motivo, estas 16 curules solo existirán para los períodos legislativos 2022-2026 y 2026-2030.
El acto legislativo promulgado este 26 de agosto expone cómo será el mecanismo para que las víctimas del conflicto participen de manera democrática y logren tener 16 representantes en la Cámara. Habrán reglas especiales para la inscripción y elección de los candidatos. Las campañas tendrán financiamiento estatal y contará con un 50 % de anticipo y los candidatos tendrán acceso a los medios de comunicación regional.
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