Luego de que en el Concejo de Bogotá se aprobara el proyecto de acuerdo que desincentiva las peleas de gallos en la ciudad, la Confederación Gallística y Avícola colombiana (Confegacol) se pronunció manifestando su inconformismo, y además anunció que demandará a dicha corporación por no permitir su derecho a la participación en la discusión de la iniciativa.
Cabe recordar que, el pasado viernes 3 de septiembre, la concejal Andrea Padilla, autora del proyecto, anunció la aprobación del acuerdo. Según precisó la funcionaria pública, si bien el Concejo de Bogotá no podrá prohibir del todo las peleas de gallos con dicha iniciativa, está sí será fundamental para ponerle fin a la violencia en contra de esos animales.
“A partir de la sanción de este proyecto, se deberán eliminar todos los elementos que lastimen, corten, hieran, mutilen, quemen o dañen de cualquier forma los gallos. Quiere decir que no podrán seguir utilizando esas espuelas o armas metálicas cortopunzantes que se ponen en las patas de los gallos quitándoles sus espolones naturales”, explicó la concejal Padilla, añadiendo que con el proyecto también quedarán prohibidas prácticas como la mutilación de crestas o barbilla.
Sin embargo, aunque el proyecto no prohíbe del todo las peleas de gallos, el acuerdo fue rechazado por Confegacol, la confederación que reúne a quienes trabajan en el sector, y quienes solicitaron una compensación tras la aprobación de la iniciativa.
“La Confederación Gallística y Avícola colombiana (Confegacol) rechaza de forma contundente la aprobación del acuerdo 115 en el Concejo de Bogotá, aprobado en segundo debate para la cual debe existir un proyecto para la indemnización y remuneración económica, como también un plan de trabajo para las personas que ahí laboran”, señaló el comunicado de Confegacol, firmado por su representante legal, Yobany Orozco.
En el documento, la Confederación Gallística y Avícola colombiana además dio a conocer que inició una acción legal en contra del Concejo de Bogotá por no violar sus derechos de participación, los actuales, según ellos, están promovidos por la reactivación económica de la ciudad.
“Hoy iniciamos un proceso de demanda contra el Concejo de Bogotá ya que radicamos por diferentes medios el derecho a la participación como establece la Constitución sin que hoy tengamos respuesta. (...) Esperamos los resultados de la tutela y la demanda interpuesta por violar algunos de los derechos constitucionales en mención y así continuar con la recuperación y reactivación económica de nuestro país después de esta pandemia”, se lee en el comunicado de Confegacol.
Así, con la acción legal interpuesta, la Confederación Gallística espera que el Gobierno Nacional y las corporaciones pertinentes “actúen en derecho y faciliten la reactivación en todas las estancias y áreas posibles”, en este caso en las peleas de gallos, ya que según señalaron “al haber más desarrollo y empleo, tendremos más colombianos produciendo”.
Lea aquí el comunicado completo
¿Y cuáles son los puntos clave del proyecto que desincentiva las peleas de gallos en Bogotá?
A través del proyecto de acuerdo 115 de 2021, el Concejo de Bogotá busca desincentivar las peleas y crianza de gallos para este tipo de riñas en el Distrito Capital. Aunque con la iniciativa no se prohibirá del todo esa práctica, pues goza de protección constitucional, con el acuerdo si se tendrá que eliminar todos los elementos o acciones que dañen de cualquier manera a esos animales.
Teniendo en cuenta lo anterior, estos son los ocho puntos claves que regirán en Bogotá con el proyecto, según dio a conocer la Alcaldía:
1. La realización de riñas de gallos exigirá que se eliminen los elementos que laceren, corten, mutilen, hieran, quemen o lastimen de cualquier manera a los gallos.
2. En la realización de riñas de gallos se deberá garantizar la integridad corporal de los animales utilizados, eliminando cualquier forma de mutilación, de alteración de su anatomía, antes o después de la riña, o de causación sufrimiento o daños innecesarios, de acuerdo con la jurisprudencia y las normas vigentes.
3. Toda riña de gallos deberá contar con un contrato de concesión vigente debidamente suscrito con Coljuegos o la entidad que haga sus veces, de conformidad con la normativa vigente en materia de juegos de suerte y azar.
4. Las riñas de gallos podrán realizarse únicamente dentro del horario, los días y los lugares que determine la Administración Distrital.
5. A los gallos criados y usados en riñas deberán garantizárseles libertad de movimiento y buenas condiciones de tenencia, por lo que no podrán ser mantenidos en jaulas o amarrados. Los medios utilizados para mantenerlos y transportarlos no podrán causarles daños o sufrimiento físico o emocional, ni antes ni después de la riña.
6. En los lugares donde se desarrollen las riñas de gallos no se podrán almacenar, elaborar, poseer, tener, facilitar, entregar, distribuir, comercializar ni permitir el consumo de sustancias prohibidas por la normativa vigente o las autoridades competentes.
7. Queda prohibido el ingreso de menores de edad a los lugares donde se realicen riñas de gallos, así como su participación en apuestas en torno a estas.
8. Queda prohibida la explotación comercial y/o crianza en el perímetro urbano. En cuanto al área rural, la administración distrital deberá expedir una reglamentación al respecto.
Cabe resaltar que, de acuerdo con la Alcaldía de Bogotá, la Policía Metropolitana de Bogotá (Mebog), las alcaldías locales, las inspecciones de policía, y el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal, serán los encargados de realizar controles periódicos en los lugares donde se realicen las peleas de gallos, con el fin de verificar que sí se cumplan los puntos del proyecto.
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