El martes 7 de septiembre, en la Cámara de Representantes y el Senado de la República se realizará el segundo debate de la reforma tributaria o proyecto de ley de Inversión Social, radicado la tarde de este lunes por el Gobierno nacional. La iniciativa, con la que el ministro de Hacienda, José Manuel Restrepo, aseguró que no se va a afectar a las personas naturales, la clase media y los colombianos más vulnerables, no ha estado exenta de críticas, como en otras ocasiones,
En esta ocasión, el proyecto de ley de Inversión Social está en tela de juicio dado que algunos congresistas denuncian que no se les dio el tiempo suficiente para leerla con minucia. A esta práctica, de radicar a las carreras las iniciativas de tal modo que no se puedan analizar de forma pausada, se le conoce como pupitreo, y senadores como Antonio Sanguino manifestaron su inconformismo.
“Radicaron ponencias a las 5 p. m. y nos citaron a las 6 p. m. para anunciar q será debatida y aprobada mañana 9am. ¡A prepararse para la pupitreada!”, compartió Sanguino en Twitter.
Feliciano Valencia también expresó su malestar por el hecho de no contar con el tiempo suficiente para leer la reforma que avanzó al segundo debate en el Congreso, tras una aprobación de las comisiones económicas conjuntas del Senado y la Cámara trece días atrás.
“La práctica de pupitrear sin debate los proyectos de ley es de no creer: radicaron ponencia hace apenas unas horas y pretenden que la Reforma Tributaria se discuta mañana a las 9:00 a.m. ¿Si tiene tanto consenso, como dicen, por qué el miedo al debate profundo y con tiempo?”, afirmó el senador.
También se sumó al rechazó la activista Catherine Juvinao. Para ella, lejos de buscar consensos, el gobierno de Iván Duque no genera si no vergüenza.
“Qué abusivo este gobierno y su coalición en el Congreso. Radican tres ponencias de 100 páginas c/u sobre la #ReformaTributaria y acto seguido citan plenaria mañana a las 8am. Buscan que se apruebe todo sin leer, sin debatir, sin analizar. ¡Este gobierno es una total vergüenza!”.
Angélica Lozano, al igual que otros congresistas, cuestionó la manera en que fluyen los proyectos radicados por el gobierno Duque en el Congreso. “Hace nada radicaron ponencia de la reforma tributaria y mañana a las 9:00 a.m. se debatirá en plenaria de Senado. Radicación, anuncio y debate exprés. Ojalá ahora sí se pueda dar un debate serio de cara a la ciudadanía”.
LOS SEIS ARTÍCULOS QUE SE ADICIONARON
La iniciativa que se debatirá el 7 de septiembre en plenarias tendrá 61 artículos, es decir, seis más que los aprobados en el primer debate, dos de ellos en beneficio del sector gastronómico, uno de los más afectados por la pandemia, y uno en favor de quienes deben multas por infracciones de tránsito. Son los siguientes:
Artículo 31: Las entidades territoriales de categoría especial, primera y segunda podrán utilizar de manera transitoria los excedentes de liquidez de recursos con destinación específica diferentes de los de destinación constitucional que no estén respaldando compromisos y obligaciones en la vigencia fiscal en que se utilicen.
Artículo 48: Brinda opciones de pago a los deudores de multas por infracciones a las normas de tránsito que se hayan hecho exigibles con anterioridad al 30 de junio de 2021.
Artículo 53: Se indica que la Superintendencia de Industria y Comercio podrá, en el marco de sus competencias y funciones, implementar, promover y ejecutar planes y programas para fomentar el emprendimiento y la innovación empresarial.
Artículo 54: Por el año 2022, tampoco serán responsables del impuesto sobre las ventas – IVA, los contribuyentes del impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación -SIMPLE cuando únicamente desarrollen actividades de expendio de comidas y bebidas de las que trata el numeral 4 del artículo 908 del Estatuto Tributario.
Artículo 55: Por el año 2022, no serán responsables del Impuesto Nacional al Consumo de restaurantes y bares a que hace referencia el numeral 3 del artículo 512-1 de este Estatuto, los contribuyentes del impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación -SIMPLE cuando únicamente desarrollen actividades de expendio de comidas y bebidas de las que trata el numeral 4 del artículo 908 del Estatuto Tributario.
Artículo 57: Los recaudos que se efectúen durante la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2022, las rentas creadas o modificadas con ocasión a la presente ley, se deberán incorporar en la parte correspondiente al presupuesto de rentas y recursos de capital de dicha vigencia.
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