Las pretensiones del exsenador Richard Aguilar, de regresar a la libertad en el marco del proceso que se adelanta en su contra, por irregularidades en un contrato suscrito durante su periodo como gobernador de Santander (entre 2012 y 2015), fueron canceladas en la tarde de este viernes 3 de septiembre por el Tribunal Superior de Bogotá.
El encargado de tomar esa decisión fue el magistrado Luis Bustos Bustos, quien argumentó que el hecho de que el caso en contra del excongresista de Cambio Radical haya cambiado de sistema judicial, pasando de la Corte Suprema de Justicia a la Fiscalía General de la Nación luego de que este renunciara a su curul el pasado 28 de julio, no le resta legitimidad a la medida privativa de la libertad.
De hecho, el togado señaló que más allá del cambio de fuero, las diferencias entre los procesos de ambos sistemas son relativamente pocas: ambas se basan en procesos de indagatoria y de imputación que, dependiendo de los resultados que se obtengan, pueden finalizar en exactamente la misma figura jurídica, que es la privación de la libertad.
Adicionalmente, descartó otros argumentos como el que la Corte Suprema no habría cumplido el derecho de Aguilar al debido proceso, señalando que en realidad sí fue respetuosa del mismo; y que, avalar la petición de retorno a la libertad sólo serviría para favorecer al político sucreño, al abrirle la puerta para escoger un juez natural que se encargue de su caso.
Con todo, la decisión del alto tribunal capitalino busca también evitar tomar una decisión que pueda dar a entender que el tratamiento jurídico de la Fiscalía resulta ser mejor que el adelantado por la Corte Suprema, al propender por equiparar la labor de ambas entidades desde sus respectivos quehaceres.
Sobre la misma se pronunció Fernando León Bolaños, fiscal quinto delegado ante la Corte Suprema, quien señaló durante la audiencia que efectivamente no existen motivos para volver a arrancar el proceso desde ceros con el cambio de sistema judicial, teniendo en cuenta que los dos expedientes ―el de la Corte y el de la Fiscalía― son, efectivamente, equiparables en tanto a sus contenidos y lo que plantean para el futuro de la investigación.
“Desde ningún punto de vista se puede anular todo lo actuado por la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia. No podemos generar un caos al tratar de llegar a la conclusión de que todo lo actuado debe ser anulado”, aseguró ese funcionario, citado por el sistema informativo de RCN Radio, insistiendo en que la medida de aseguramiento que rige en contra de Aguilar se ciñó a lo que dicta la ley colombiana, y por lo tanto debe sostenerse.
Así las cosas, la determinación final fue que Aguilar deberá permanecer recluido en la Escuela de Artillería del Ejército en el sur de Bogotá, mientras se resuelve el caso en su contra por los delitos de contrato sin cumplimiento de los requisitos legales, interés Interés ilícito en la celebración de contratos, peculado por aprobación y concierto para delinquir.
Igualmente, el magistrado Bustos reconoció que su fallo no le impide a la defensa del exsenador pedir el control de legalidad ante un juez control de garantías municipal. Después de todo, se trata de una de las herramientas a las que pueden acceder todos los procesados que son investigados por la Fiscalía colombiana.
Aguilar fue capturado por el CTI de la Fiscalía General de la Nación por orden de la Corte Suprema de Justicia el pasado 27 de Julio, tras las investigaciones en su contra por presuntas irregularidades en la contratación de los arreglos de la estructura de la Villa Olímpica del estadio Alfonso López, en Bucaramanga. Las mismas, le habrían permitido quedarse con coimas por 2.400 millones de pesos.
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