La Sala Plena de la Corte Constitucional, con votación 6 - 3, declaró inconstitucional la posibilidad de aplicar la pena perpetua a violadores y asesinos de niños, niñas y adolescentes en Colombia.
Los debates al respecto de la misma habían arrancado este 2 de septiembre en la Sala Plena de ese tribunal, luego de que el mismo recibiera ocho demandas que buscan tumbar la ley de cadena perpetua aprobada por el Gobierno nacional en julio de este año.
La Corte Constitucional deliberó al respecto de la radicada por el Grupo de Prisiones de la Universidad de Los Andes que, como muchos otros centros de pensamiento de su tipo, aseguraron que la medida es populista y no ofrecía soluciones de fondo. Igualmente, argumentaba que no respeta la dignidad humana, a la par que, “se desconoció el principio de deliberación democrática”.
De hecho, argumentaron que, “penas mínimas de 25 años, al ser tan largas, conllevan un proceso que viola la dignidad del ser humano al anular su autonomía como sujeto moral, además de causarle daños irreversibles en su salud física y mental”.
Por otra parte, están los colectivos de familias defensoras de la prisión perpetua, que se presentaron frente al edificio de ese alto tribunal este jueves para participar en un plantón con el que se pide que la misma sea completamente aprobada. “Alguien viola o mata un niño y está en la calle como si nada. No existe justicia”, dijo al respecto Xiomara Galván, tía de la pequeña Sara Sofía Galván, desaparecida desde mediados de enero de este año.
A su llamado se sumó el senador Miguel Ángel Pinto, quien pidió a los magistrados de la Corte que, “no privilegien la dignidad humana y los derechos de los violadores y los asesinos, por encima de los derechos de nuestros niños. Que podamos tener ese fallo favorable”.
Por su parte, el presidente de Colombia, Iván Duque, había señalado que se trata de una reforma que no es fruto “ni de una ideología, ni de un partido, sino de una respuesta a un clamor de la ciudadanía”. Por ello, pidió que la misma sea respetada y aprobada en su totalidad.
Eso, teniendo en cuenta que dentro de lo que se había conocido sobre el recorrido de dicha denuncia en el alto tribuna, se hablaba de una primera ponencia que iba en contra de la cadena perpetua, declarándola inexequible, pues como argumentan los demandantes, no se tuvieron en cuenta las recusaciones en los debates séptimo y octavo desarrollados ante la Comisión Primera y la Plenaria del Senado de la República.
Dicha ponencia fue expuesta por la magistrada que recibió la denuncia, Cristina Pardo y, según RCN Radio, contaría con el apoyo de los magistrados Antonio José Lizarazo, Alberto Rojas Ríos, José Fernando Reyes y Alejandro Linares. En otras palabras, de entrada había cinco de los nueve togados de esa corporación estuvieron a favor de tumbar la pena aprobada por el Gobierno nacional en julio de este año.
Con todo, el diario colombiano El Tiempo reportó que la ponencia de Pardo señala que ,“El Congreso de la República transgredió su poder de reforma al incluir la pena de prisión perpetua revisable en el artículo 34 de la Constitución, pues afectó un eje definitorio de la carta como lo es el Estado social y democrático de derecho fundado en la dignidad humana y, en consecuencia, sustituyó la Constitución”.
Igualmente, determinó que, “La pena de prisión perpetua revisable incluida en el artículo 34 de la Constitución no es una medida idónea para asegurar la protección de los niños, niñas y adolescentes víctimas de los delitos que regula”.
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