Congreso no podría volver a discutir la cadena perpetua para violadores y asesinos de niños

Santiago Anzola, director de Penal para Dummies en Twitter, explicó lo que significa el fallo de la Corte Constitucional que declaró inconstitucional la cadena perpetua para violadores y asesinos de niños, niñas y adolescentes en Colombia

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Comisión primera de la Cámara
Comisión primera de la Cámara de Representantes durante debate sobre cadena perpetua para violadores de menores. En la foto: Yohana Jiménez (Colprensa - Camila Díaz)

En la tarde del 2 de septiembre, se conoció la decisión de la Sala Plena de la Corte Constitucional, que con votación 6 - 3, declaró inconstitucional la posibilidad de aplicar la pena perpetua a violadores y asesinos de niños, niñas y adolescentes en Colombia.

La ley salió de una reforma constitucional que se radicó en el Congreso de la República, la cual se votó a favor, y luego fue sancionada por el presidente Iván Duque.

Santiago Anzola, director de Penal para Dummies en Twitter, señaló que desde que se promulgó el Acto Legislativo que dio vía a la cadena perpetua, varias organizaciones presentaron demandas ante la Corte Constitucional para lograr que la misma fuera declara inexequible. El día de ayer, el alto tribunal decidió la demanda presentada por el Grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes accediendo a sus argumentos.

Así mismo, el experto en Derecho respondió varias preguntas que surgen tras el fallo de la Corte Constitucional.

¿Cuáles fueron los argumentos que expuso la Corte para declarar inconstitucional la cadena perpetua?

El proyecto de la cadena perpetua nació muerto, desde su promulgación ya se avizoraba serios vicios de inconstitucionalidad. En este momento no se conoce el texto de la sentencia por medio de la cual la Corte Constitucional tumbó la cadena perpetua. Sin embargo, quienes demandamos el Acto Legislativo le explicamos a la Corte que con esta reforma constitucional el Congreso de la República sustituyó pilares fundamentales de la Constitución Política de 1991 a un punto tal que creo una nueva constitución.

Si bien como lo manifesté anteriormente no se conoce la decisión de la Corte, un argumento que sin duda debió tener en cuenta el alto tribunal es la evidente contradicción que este tipo de sanción tiene con la dignidad humana y la función resocializadora de la pena.

¿Hay algún camino para que la cadena perpetua en Colombia vuelva a introducirse a nuestro ordenamiento jurídico?

La decisión de la Corte Constitucional sin duda genera un precedente que hará mucho más difícil que un proyecto como este se vuelva a presentar. El Congreso de la República queda atado a la decisión del alto tribunal y no podrá volver a proponer este tipo de sanción porque ya la Corte le cerró la puerta a esta posibilidad.

¿Qué rescata de esta decisión?

Esta decisión es importante porque sin duda es un límite a las potestades del Congreso de la República. Con esta, la Corte Constitucional le dice al legislativo que sus potestades no son ilimitadas, que debe respetar los pilares de nuestro Estado Social de Derecho y que no puede reformar la constitución a su antojo.

¿Está de acuerdo con esta decisión?

Sin duda esta es una de las decisiones judiciales más importante del año. La Corte Constitucional con esta determinación envía un mensaje a la sociedad: los derechos de las personas no pueden estar sometidos a las presiones mediáticas ni mucho menos a las presiones políticas.

Sobre el tema, el Colegio de Abogados Penalistas de Colombia señaló que advirtió desde el primer momento que la aprobación de la prisión perpetua suponía una flagrante trasgresión a la Constitución Política de Colombia. “Conformamos un equipo de Abogados y estudiantes de Derecho, bajo el liderazgo del Doctor Andrés Felipe Caballero Sierra, y luego unimos fuerzas con el Colegio Colombiano de Sicología para presentar una demanda contra este acto legislativo que hoy fue declarado inexequible por la Corte Constitucional”, expuso.

Y agregó: “nuestro Colegio reitera su compromiso por la defensa de los Derechos Humanos, rechaza el populismo punitivo y el empleo de los niños, niñas, y adolescentes con fines electorales. Hacemos un reconocimiento a la Corte Constitucional, que ha estado a la altura de las circunstancias y ha hecho prevalecer el Estado de Derecho sobre el populismo punitivo”.

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