La Sala de Justicia y Paz de Barranquilla envió a la Fiscalía la petición de un ciudadano pidiendo que se investiguen las finanzas de Rafael Antonio Matera Lajud y Alfonso Macías Vargas, dos empresarios de la región por presuntamente haber financiado grupos paramilitares en el Atlántico.
Matera Lajud es el representante legal de la empresa Camagüey y socio de Palmeras de la Costa y presuntamente es conocido bajo el nombre de alias ‘300′, mientras que Macías Vargas, socio de esas empresas sería alias ‘M1′. En estas compañías habrían lavado dinero para financiar a las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), según conoció Caracol Radio.
Esto se da después de que Juan Francisco Segura, alias ‘Mario’ o ‘El Alacrán’ y Jorge Escorcia Orozco, alias ‘Rocoso’, los mencionaran en sus declaraciones juramentadas ante Justicia Paz. Allí dijeron que los empresarios eran responsables por unos homicidios y por financiarlos. De hecho, la Justicia también reconoce que en los predios donde están esas empresas se han reportado asesinatos de líderes sociales entre el 2000 y el 2004.
En el documento publicado por Caracol Radio y remitido a la Fiscalía y al coordinador del grupo interno de trabajo de persecución de bienes de la Dirección de Justicia Transicional se lee que no se están cumpliendo las órdenes dirigidas al ente acusador para que se investigue a particulares y se defina la suerte de bienes que pudieron tener relación con el conflicto armado.
E texto también señala que Justicia y Paz no puede investigar a estas persona porque no están en su jurisdicción al tratarse de particulares, por lo cual lo remite directamente al fiscal general de la Nación, Francisco Barbosa.
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia levantó la medida de vigilancia electrónica (brazalete) contra 27 exparamilitares que están en el proceso de Justicia y Paz, pues consideró que los argumentos del juez no son suficientes para aplicar dicha medida a estas personas.
De acuerdo con El Tiempo, la decisión inicial de la Sala de Justicia y Paz de Barranquilla se produjo luego de una imputación contra estos exmiembros de las Autodefensas por 1.051 hechos delictivos atribuibles al bloque Montes de María de las Auc.
Esa decisión sustituyó la medida de aseguramiento intramuros de 24 de los postulados por vigilancia electrónica, pero la determinación fue apelada por los ‘exparas’ que se sintieron inconformes y cuyos derechos habían sido vulnerados.
Los argumentos presentados por el Tribunal de Justicia y Paz hace una semana estaban relacionados con la reparación de las victimas y con algunas medidas que se habían determinado como parte del proceso, entre esas:
1. El sistema de vigilancia electrónica no es un capricho del Tribunal. Son las Leyes 906 de 2004 y 975 de 2005 (con su Decreto Reglamentario 1069 de 2015), las disposiciones que en abstracto regulan la temática. Incluso con el respaldo de la Corte Constitucional (Ej. C-318 de 2008).
2. La Sala ha decretado la vigilancia electrónica para todos los procesados (excomandantes y expatrulleros) que han sido beneficiados con sustitución de medida de aseguramiento por haber cumplido ocho años físicos de detención en una cárcel; figura que, si bien permite deambular por las calles, no equivale a una absolución o al cumplimiento de la pena.
Finalmente, consideró irrazonable que se les obligue a los postulados a portar un brazalete cuando llevan más de 12 años cumpliendo con los compromisos y requerimientos en el proceso de Justicia y Paz.
SIGA LEYENDO