En la mañana de este miércoles 25 de agosto, la ministra de las TIC, Karen Abudinen, reaccionó inconforme a la decisión judicial que obstruyó la caducidad y sesión del contrato que incumplió la Unión Temporal Centros Poblados con el Ministerio de las TIC, la cual se dio a conocer el martes 24 de agosto.
“¡Esto es la tapa del descaro!”, escribió Abudinen en su cuenta de Twitter a raíz de la noticia de la decisión de un juez de Puerto Colombia, en el Atlántico donde se encuentran las oficinas de miembros de Centros Poblados, que concedió medidas cautelares para la caducidad del contrato.
Sin embargo, al mediodía de este miércoles, Abudinen confirmó que, finalmente, la decisión del juzgado fue rechazar la acción de tutela interpuesta por la UT Centros Poblados. Así lo comunicó en su cuenta de Twitter adjuntando el documento que lo demuestra.
“El Juzgado Promiscuo Municipal de Puerto Colombia, resolvió RECHAZAR la acción de tutela interpuesta por la UT Centros Poblados. La caducidad del contrato y las medidas que hemos adoptado para proteger los recursos y el desarrollo de este proyecto de conectividad, siguen en pie”, escribió la ministra.
Esta nueva decisión significa que la caducidad del millonario contrato entre el Ministerio de las TIC y la Unión Temporal Centros Poblados, así como la decisión del MinTIC de entregar este contrato a la Unión Temporal ETB NET, conformada por ETB y su filial SkyNet, se mantienen vigentes.
El giro en la decisión del juez promiscuo municipal de Puerto Colombia (Atlántico) se dio tras la polémica que generó el que en la mañana de este miércoles emitiera la decisión de amparar con medidas cautelares a la Unión Temporal Centros Poblados, frenando así la caducidad del contrato por los 70.000 millones de pesos; y tras la revisión del caso por parte del mismo togado Alberto Mario Ospino Soto.
Tras esa revisión, el juez deja claro que “resulta entonces imperioso verificar nuevamente los presupuestos de competencia previos a la admisión de esta acción, en aras de determinar si existen yerros que eventualmente generen nulidades”.
Es por esto que en el nuevo documento, compartido por la funcionaria del gobierno Duque, el juez destaca que “la entidad accionada es pública y de orden nacional, pero atendiendo que ya se había admitido la acción de tutela, resulta imperioso proceder al control de legalidad correspondiente”, explicando así la reversa en su decisión.
Finalmente, el juzgado resuelve: “Rechazar la presente Acción de tutela interpuesta por UT Centros Poblados Colombia 2020, quien actúa mediante su representante, en contra de Ministerio de Tecnología de la información y las Comunicaciones” y agregó en un tercer punto “remítase al Juez Civil del Cicuito de Barranquilla”.
Con esta nueva interpretación del caso por parte del juez Ospino, la acción de tutela se remitió al reparte del juez Civil del Circuito, encargado ahora de tomar una decisión.
Cabe recordar que en el documento anterior se señalaba: “Decrétese como medida provisional la suspensión inmediata de los efectos jurídicos de las decisiones contenidas en las Resoluciones MINTIC Nos. 01747 del 19 de julio de 2021 y 02013 del 13 de agosto de 2021, y de todas aquellas que se deriven de las mismas, proferidas por la autoridad accionada en contra de la UT Centros Poblados Colombia 2020, hasta tanto se profiera decisión de fondo dentro del presente trámite”.
Dicha tutela había sido radicada por Luis Fernando Duque, representante legal de UT, quien había señalado que consideraba que las decisiones del MinTIC violaron el debido proceso y afectaron a las empresas asociadas en la adjudicación del multimillonario contrato que pretendía llevar internet a zonas retiradas del país.
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