Corte Constitucional podría tumbar la cadena perpetua contra violadores de niños en Colombia

Hay varias demandas en contra de la reforma constitucional que introdujo en Colombia la posibilidad de imponer cadena perpetua a violadores y asesinos de niños y niñas

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Corte Constitucional  (Colprensa -
Corte Constitucional (Colprensa - Camila Díaz)

Un nuevo choque entre los poderes del Estado podría desatar la promulgación de la cadena perpetua en el país, entre el presidente Iván Duque que propuso en campaña y acompañó en el cargo el proyecto, el Congreso de la República que aprobó la propuesta y su acto legislativo, y la Corte Constitucional que dejaría sin efecto, de aprobarse un proyecto de fallo, el castigo judicial más alto en el país.

De acuerdo con el diario El Tiempo, en la Corte ya hay un proyecto de fallo que plantea declarar inconstitucional la cadena perpetua en Colombia y el texto de la sentencia ya fue repartido entre los ocho magistrados para saber si lo apoyan o lo rechazan.

Desde el inicio del debate de la cadena perpetua en el Congreso de la República hubo discusiones sobre su inconstitucionalidad, pues para algunos ese tipo de castigos reñía con los principios establecidos en la Constitución y los tratados internacionales adquiridos por el país.

Con base en esos argumentos llegaron más de 13 demandas a la Corte Constitucional, señala el periódico, que se sumaron al control de constitucionalidad de las leyes estatutarias que hace la corporación para comparar la norma con la totalidad de la carta política.

Según El Tiempo, es la magistrada Cristina Pardo Schlesinger quien ya tiene su fallo listo, en el cual señala que el Congreso de la República transgredió el poder de reforma al modificar el artículo 34 para introducir la cadena perpetua, que según la magistrada (y los demandantes) viola al dignidad humana que es un eje definitorio de la Constitución.

La demanda que resuelve la magistrada Pardo fue redactada por el Grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes, quienes argumentaron que la dignidad humana, que es un presupuesto esencial de los derechos y garantías de la Constitución, no es protegida en la cadena perpetua.

De acuerdo con lo citado por el periódico, aunque el Congreso agregó que esa sentencia es revisable a los 25 años, no tiene en cuenta principios de resocialización ni los medios para rehacer sus vidas, lo que finalmente viola la dignidad humana de los condenados.

Ese ha sido uno de los principales argumentos en contra de la cena perpetua en el país desde que avanzó en el Congreso. El exministro Yesid Reyes afirmó en diálogo con Manuel Iturralde, co-director del Grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes, durante un foro sobre el sistema penitenciario que ese tipo de sentencias no eran efectivas en resocialización.

En él, Reyes afirmó: “Si un Estado quiere resocializar personas condenadas, no puede tener cadena perpetua ni penas de sesenta años de prisión”, según citó el diario El Espectador. Agregó que las condenas de más de 15 años alejan al individuo del entorno e impiden su resocialización, así como que es ese proceso el que reduce la criminalidad y la reincidencia.

Aunque el proyecto de ley fue aprobado en 2020, no fue sino hasta el pasado 6 de julio que el presidente Iván Duque sancionó la ley que reglamenta la cadena perpetua revisable para violadores y asesinos de niños, niñas y adolescentes; cuando entró en vigencia bajo el título de “Gilma Jiménez”.

Hasta el momento no ha sido impuesta en el país a ningún criminal, y los primeros en recibirla por haber cometido un homicidio de dos menores de edad en Cesar, podrían ser dos hombres identificados como Luis David Pérez Pertuz, alias ‘Lucho Rabo’, y Deibis Rapalino García.

Sin embargo, las demandas de constitucionalidad de la pena siguen en estudio en la Corte Constitucional. De acuerdo con el diario El Nuevo Siglo, se ha adelantado audiencias con varias partes interesadas, expertos internacionales y se han recibido conceptos de diferentes organizaciones para definir el futuro del castigo penal más alto del país.

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