La orden del juzgado señala que el alcalde de la capital del departamento del Tolima, Andrés Fabián Hurtado, deberá pagar seis días de detención domiciliaria, por el incumplimiento y desacato al fallo emitido por la Corte Constitucional, en donde se ordenaba a la Administración municipal suministrar de manera constante y de calidad, agua a la urbanización Alminar Samoa.
De acuerdo con la sentencia proferida por el juzgado, la cual es producto del incumplimiento del fallo de una acción de tutela, que fue presentada en el 2018 por el señor Leonel Alcides Hoyos Gómez, residente del conjunto, en la que solicitaban dar amparo al derecho de tener agua potable, desde la alcaldía no se ha garantizado dicho servicio.
En su momento, Hoyos solicitó a la Alcaldía y otras entidades, acciones que le garantizaran “una cantidad diaria mínima de agua que les permita vivir digna y sanamente hasta que se brinde una solución definitiva a las dificultades de provisión constante y de calidad del recurso hídrico” señalaba dicho documento de demanda.
En ese sentido, la Corte Constitucional ordenó al municipio y al acueducto comunitario El Triunfo brindar el servicio al accionante y a su familia, así como a los demás habitantes de Alminar Samoa. Aunque han pasado cerca de dos años desde que se conoció la sentencia del alto tribunal, la Alcaldía no ha dado cumplimiento a la misma, lo que llevó a la orden de arresto contra el mandatario.
Por el incumplimiento, el fallo del Juzgado Sexto señaló “imponer al Dr. Andrés Fabián Hurtado Barrera Alcaldía Municipal de Ibagué, encargado del cumplimiento de sentencia de tutela, incidentes de desacato y demás requerimientos seis días de arresto domiciliario en su lugar de residencia.”
Por su parte el diario local El Cambio, informó que el fallo también estipula, que el mandatario e ingeniero Hurtado, a parte de los días de arresto que debe cumplir, también tendrá que cancelar una multa de cinco salarios mínimos legales mensuales. Así mismo, se ordenó remitir el expediente al Juzgado Civil de Circuito de Ibagué, con el fin de que se conozca la sanción impuesta por el Juzgado Sexto Civil Municipal, con ocasión del incidente de desacato.
En la última semana, en otro punto del país, a otro alcalde también se le ordenó una sentencia de tres días de casa por cárcel por desacato el fallo de una tutela. Se trata del alcalde de Valledupar, Mello Castro González, a quien el pasado 11 de agosto, el Juzgado Tercero Civil de Circuito de Valledupar resolvió sancionar por no acatar la decisión emitida por el Juzgado Tercero Civil del Circuito de dicha ciudad sobre la reubicación de una población invasora de un predio.
Dicha sanción fue emitida tras el incumplimiento al fallo de tutela T-946 de 2011, en la cual se ordenaba al mandatario adelantar las gestiones administrativas de reubicación de una población que se encuentra habitando en un sitio de invasión, pues el alcalde debía cumplir con las actividades de la instalación de contadores, energización, pruebas hidráulicas y estanqueidad del sistema de acueducto y alcantarillado del lugar al que debían ser trasladadas estas personas.
De acuerdo RCN Radio, esta población que se encuentra en el predio Sabana 1 de Valledupar debía ser reubicada a la urbanización El Porvenir, lugar que cuenta con espacio para 800 viviendas, pero hasta la fecha no se ha realizado dicho traslado de estas familias, quienes son desplazados por la violencia y madres cabezas de hogar con protección del estado.
SEGUIR LEYENDO