Millonaria multa contra Supertiendas Olímpica por infringir los derechos del consumidor

Así lo confirmó la Superintendencia de Industria y Comercio por medio de un comunicado. Entre las infracciones, se destaca que la compañía no entregó bienes a tiempo y no evidenció de forma completa la información de varias promociones

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SIC multa a Supertiendas Olímpica por más de $500 millones por fallas en la calidad del servicio. Foto: Olímpica
SIC multa a Supertiendas Olímpica por más de $500 millones por fallas en la calidad del servicio. Foto: Olímpica

Este jueves, la Superintendencia de Industria y Comercio dio a conocer una dura sanción impuesta contra Supertiendas y Droguerías Olímpica por infringir derechos de los consumidores. De acuerdo con el comunicado, bajo el rol de Autoridad Nacional de Protección al Consumidor, la entidad multó a la compañía por 526.945.080 pesos.

Las razones radican en que, según la autoridad, la empresa de almacenes de cadena incumplió con “la obligación que tienen los comercializadores de asegurar la calidad de los bienes y servicios que ponen a disposición de los consumidores”. De esta forma, además, se encontraron fallas en el servicio al cliente por no entregar los productos en los tiempos pactados.

Aparte de entregas durante el servicio posventa, la autoridad estableció que la compañía, a su vez, indujo a sus consumidores al error por publicidad engañosa y una vulneración en el régimen de promociones.

Entre las fallas en publicidad, se encontró que en una promoción del producto ‘Aromatel Suavizante Floral × 900 $ 6.900’, la empresa no hizo explícito que el precio solo aplicaba para clientes que portaran la ‘Tarjeta Plata’ del comercio. Por otro lado, en la oferta ‘Leche Alpina Deslactosada CAND 1.100 CM C/U $ 14.900 presentando Tarjeta Plata’, tampoco se informó sobre las condiciones de tiempo de la oferta.

En la venta de celulares, se encontró que en la promoción ‘Celular Motorola-Moto G6 Ds Plata-5,7-64 GB, antes $ 1’099.900 ahora $ 494.955′ se promocionó el equipo con características superiores a las propias del mismo. De acuerdo con la autoridad, la compañía incurrió en una “falta de veracidad, claridad, suficiencia, oportunidad, precisión e idoneidad de la información”, indicó.

A la hora de crear un concurso por un automóvil, en la campaña ‘Sparkea tus Puntos’, Olímpica no permitió participar a clientes que cumplían con los requisitos para obtener una boleta. En otros casos, no se les permitió redimir los puntos y no se cargaron oportunamente algunas boletas electrónicas.

La investigación también encontró que Olímpica faltaba en darle el cambio exacto a sus compradores después de una transacción. “La investigada no entregó vueltas exactas a los consumidores sino inferiores, aún cuando le atañe la obligación legal de dar la cifra superior más cercana a la que tenga disponibilidad, en aquellos casos en que no cuenta con las denominaciones necesarias para suministrar el cambio debido”, culminó la lista de infracciones.

“A la par, se evidenció que en algunos casos facturó un valor distinto al que anunció para sus productos, vulnerando lo relacionado al régimen sobre información pública de precios”, agregó en el comunicado oficial.

De acuerdo con la autoridad, la decisión se adoptó luego de adelantar el correspondiente procedimiento administrativo sancionatorio en el que se demostró que Olímpica incurrió en las faltas con un amplio número de casos en el periodo analizado.

“Incumplió con los tiempos de entrega previamente informados a los consumidores y respecto de los cuales resultaban expectantes, situación que constituye una falla en la calidad del servicio posventa y, en consecuencia, una vulneración a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 1480″, explicó la SIC al pie del comunicado emitido este jueves.

Frente al caso, detalló la autoridad, Supertiendas Olímpica podrá acceder a los recursos de reposición y apelación para, de alguna forma, salvarse de pagar los más de 500 millones de pesos que requiere la SIC.

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