Gobierno espera que restricciones de viajeros colombianos a España se levanten “muy pronto”

Gestiones coordinadas por Cancillería y la embajada colombiana en España podrían influir en un cambio del Gobierno Español hacia migrantes nacionales

Guardar
02-07-2021 Pasajeros procedentes de un
02-07-2021 Pasajeros procedentes de un vuelo con origen Gran Bretaña llegan a la terminal T1 del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas el día en que el Gobierno exige una PCR negativa o vacuna completa a los ciudadanos británicos que vengan a nuestro país, a 2 de julio de 2021, en Madrid (España). El Gobierno instauró esa medida debido a la alta tasa de contagios en Reino Unido, por encima de los 150 casos por 100.000 habitantes en 14 días y para frenar la propagación de la variante Delta. ECONOMIA Óscar Cañas - Europa Press

En debate de control político citado por el Congreso, la ministra de Transporte, Ángela María Orozco, afirmó que, de acuerdo con acercamientos entre la Cancillería y el embajador de Colombia en España, Luis Guillermo Plata, con el Gobierno de España, se espera que se eliminen las restricciones a los viajeros colombianos que buscan ingresar al país ibérico.

La afirmación de Orozco se realizó ad portas del levantamiento de las medidas restrictivas de España, programadas hasta el próximo 23 de agosto.

Esta restricción se planteó ante un escenario de del incremento de contagios en el país y, de manera colateral, por la falsificación de pruebas PCR por parte de algunos ciudadanos.

Fue Ángela María Orozco, ministra
Fue Ángela María Orozco, ministra de Transporte, quien informó del avance en la reapertura de vuelos de Colombia a España. Foto: Presidencia

La ministra recalcó que el país se encuentra en la reactivación de sus rutas aéreas internacionales, a las que aspira llegar al 100% antes de que concluya 2021. Orozco destacó que la labor de abrir los cielos nacionales coincidió con los contactos de alto nivel que sostiene el Gobierno colombiano con su homólogo español.

Con respecto a dicha gestión, la funcionaria informó que su cartera trabaja de la mano con MinSalud y Aerocivil para alcanzar dicha meta:

Estamos trabajando en este momento activamente con España y con el director de la Aerocivil y el ministro de Salud para lograr que se reabra de alguna manera a los pasajeros originarios de Colombia

Orozco enfatizó que la labor diplomática de la Cancillería es una tarea del Gobierno en conjunto con miras a consolidar la ruta migratoria entre ambos países, pero destacó que la labor del embajador Plata podría traer resultados “muy pronto” para los viajeros colombianos: “Hay una labor de la Cancillería, salvo el caso de España, las restricciones que tenemos son comunes a la mayoría de los países de América Latina, el embajador me escribió esta mañana y me dijo que esperamos que pronto sean retiradas esas restricciones puntuales”, afirmó.

Cabe recordar que la restricción comenzó el pasado mes de julio con una ventana de diez días que posteriormente se aumentó a un mes.

En esencia, los viajeros colombianos debían someterse a un aislamiento de diez días a su llegada al país ibérico, pero desde el 27 de julio, la Cancillería Española restringió totalmente la entrada a dicho país.

Una mujer se realiza una
Una mujer se realiza una prueba de covid-19 durante una jornada de toma de muestras, en Cali (Colombia). EFE/Ernesto Guzmán Jr/Archivo

Para los connacionales se habilitaron las siguientes excepciones en caso de presentarse un vuelo de urgencia a España:

1. Certificado que confirme que el titular ha recibido la pauta completa de una vacuna contra la covid-19.

Se aceptarán como válidos los certificados de vacunación que el Ministerio de Sanidad español reconozca con este fin, a partir de los 14 días posteriores de la fecha de administración de la última dosis.

Las vacunas admitidas serán las autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento o aquellas que hayan completado el proceso de uso de emergencia de la OMS.

2. Certificado que indique el resultado de una prueba diagnóstica de infección activa de covid-19

Para esto, las pruebas diagnósticas de infección admitidas serán las siguientes:

-Prueba PCR: Prueba de amplificación de ácido nucleico molecular (NAAT) utilizada para detectar la presencia del ácido ribonucleico (ARN) de Sars-CoV-2, cuya muestra haya sido obtenida dentro de las 72 horas anteriores a la llegada a España.

3. Certificado que confirme que el titular se ha recuperado de la covid-19

De acuerdo con la Cancillería, se aceptarán como válidos los certificados de recuperación expedidos por la autoridad competente o por un servicio médico como mínimo 11 días después de la realización de la primera prueba diagnóstica con resultado positivo. La validez del Certificado finalizará a los 180 días a partir de la fecha de la toma de la muestra.

SEGUIR LEYENDO:

Guardar