La causa de todos sus problemas, ha dicho la influenciadora y empresaria Epa Colombia en reiteradas ocasiones, fue el día que decidió salir con un martillo a destruir una estación de Transmilenio en medio de las manifestaciones sociales de noviembre de 2019.
Desde ese momento inició un proceso judicial que la mantuvo en el ojo de las autoridades. Su juicio terminó este jueves 12 de agosto cunado el Tribunal Superior de Bogotá revocó la sentencia del Juzgado Segundo Penal Especializado de Bogotá y le impuso una condena mayor a que emitió esa jueza en 2020.
Ahora, Daneidy Barreras Rojas recibió una condena a 63 meses de cárcel, poco más de 5 años de prisión, a los que se agregan inhabilidades para continuar ejerciendo como influenciadora o youtuber, al ser hallada penalmente responsable en calidad de autora del delito de daño en bien ajeno agravado en concurso con instigación a delinquir con fines terroristas y perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial.
Adicionalmente, Epa Colombia deberá pagar, por decisión del Tribunal, una multa por 492 salarios mínimos vigentes en 2019. Para ese año, el salario mínimo tenía un valor de 828.116 pesos, lo que indica que el valor de la sanción asciende a 407′433.072 pesos en total, casi dos veces lo que costó su última camioneta, una Range Rover Evoque.
La suma es casi 20 veces mayor que la que había impuesto en primera instancia el Juzgado Segundo en su contra. En 2020, cuando se cumplió el proceso en esa instancia judicial, Daneidy Barreras tuvo que pagar 25 salarios mínimos legales vigentes.
Además, en ese momento, la influenciadora y empresaria fue condenada a tres años y medio de cárcel, que la juez consideró excarcelables tanto por el monto, como porque las directrices nacionales invitaban a evitar enviar a los condenados a los penales por hacinamiento y pandemia de covid-19.
Sin embargo, la principal diferencia entre las dos condenas, es que la jueza segunda no compartió la posición de la Fiscalía y la Procuraduría sobre el delito de instigación a delinquir con fines de terrorismo, pues según citó el diario El Tiempo, no había pruebas suficientes de que sus intenciones concurrieran con ese delito.
Además, el monto de la multa fue tazado por los daños demostrados y delitos que habría cometido Epa Colombia en los videos que difundió afectando el patrimonio público. La juez rechazó la solicitud de una sanción por 1.200 millones de pesos porque era el avalúo de los daños generales y no los que habría cometido la influenciadora.
Esta nueva condena se da porque la empresa de Recaudo de Bogotá, considerada como víctima en el proceso por las afectaciones al patrimonio distrital, apeló la decisión al argumentar que la instigación al terrorismo sí estaba probada en la preparación de la acción y los videos, que según argumentó los representantes del distrito, estaban destinados a llegar a un gran número de personas.
Mientras Barrera Rojas destruía con un martillo algunos implementos de una estación de Transmilenio, grabó videos que publicó en sus redes sociales, lo cual para la Sala del Tribunal contaba con el convencimiento al conglomerado para la comisión de delitos, así como generar zozobra e intranquilidad social.
En 2020, ‘Epa Colombia’ publicó un vídeo en sus redes sociales relatando su experiencia con la investigación y el proceder de las autoridades judiciales, donde reveló que tenía prohibido salir del país y debía cumplir con requisitos de buena conducta para demostrar su arrepentimiento y cambio, frente a los hechos de destrucción del sistema de transporte.
“Yo le agradezco a la juez por haberme quitado ese delito (de instigación a delinquir)”.”Eso se fue para la Corte Suprema, aún mi condena no está fija. Entonces yo puedo seguir payaseando y pajareando”, manifestó Barrera en su momento.
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