JEP también pide la extensión del mandato de la Comisión de la Verdad

La entidad concluye este 2021 su trabajo como parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, tras tres años de labores

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En la imagen un registro del presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), magistrado Eduardo Cifuentes, en Bogotá (Colombia). EFE/Carlos Ortega/Archivo
En la imagen un registro del presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), magistrado Eduardo Cifuentes, en Bogotá (Colombia). EFE/Carlos Ortega/Archivo

En el marco del Acuerdo Final de Paz suscrito entre el Estado colombiano y las Farc-EP, se creó la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, como un mecanismo de carácter temporal y extrajudicial del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, para conocer la verdad de lo ocurrido durante el conflicto armado.

Sin embargo, ese periodo temporal se estableció en tres años con un único tiempo adicional de seis meses para su funcionamiento. Es por eso, que desde varias organizaciones de víctimas y del mismo sistema integral de verdad, piden al gobierno que amplíe el periodo constitucional de funcionamiento de la entidad, para que pueda terminar con los procesos que lleva y concluya con un informe final de verdad.

Es el caso de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que a través de su presidente, Eduardo Cifuentes, pidió esa prolongación.

“La extensión del mandato de la Comisión de la Verdad es una exigencia constitucional pues sus comisionados deben tener la oportunidad no solamente de presentar su informe final sino también de divulgarlo y explicarlo a lo largo y ancho del país, como acto de paz”, dijo Cifuentes.

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Sobre la ampliación del periodo también cursa una demanda que presentaron los representantes legales de la Corporación Personas con Capacidades Diversas y de la Asociación de Víctimas Unidas por la Vida, de la Red Colombiana de Lugares de Memoria, el Programa de Acción por la Igualdad y la Inclusión Social de la Universidad de los Andes y el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia), que plantean que la pandemia por el coronavirus no ha permitido el buen funcionamiento de este organismo.

El aislamiento preventivo obligatorio declarado por el Gobierno nacional impidió que la Comisión trabajara como lo venía haciendo hasta ese momento (…) pues los investigadores que se desplazaban a las regiones para obtener los testimonios de las personas que quisieran participar en el esclarecimiento de la verdad se vieron en la imposibilidad de hacerlo”, se lee en el documento que radicaron ante la Corte Constitucional.

La demanda solicita que no se tenga en cuenta el periodo transcurrido entre la declaratoria del estado de emergencia sanitaria establecido en la resolución 385 del 12 de marzo de 2020 y la entrada en vigencia del decreto 580 del 31 de mayo de 2021 donde concretó la reactivación económica segura.

Igualmente, el documento advierte que la pandemia ha “significado una barrera” para todo el proceso de entrevistas y recolección de testimonios, ya que no todas las personas cuentan con las herramientas tecnológicas necesarias para mantener una efectiva comunicación con los investigadores.

“Hay regiones donde la conectividad es de mala calidad y dado que no hay forma de garantizar la seguridad de los testimonios, las personas argumentan que virtualmente no pueden dar su testimonio por tratarse de asuntos de ‘altísima confidencialidad’”, dice la demanda.

Cabe resaltar que, la demanda va dirigida puntualmente contra los artículos 1 y 24 del decreto 588 de 2017, “por el cual se organiza la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición” que establecen que el periodo de la entidad será de tres años, lo que significa que se debería terminar en noviembre de este año.

“Estamos frente a un problema constitucional objetivo y trascendental, que es que en el plazo de tres años, dadas las restricciones impuestas por la pandemia, la CEV no podrá cumplir apropiadamente sus funciones, lo cual afecta el derecho a la verdad de las víctimas y de la sociedad e implica una violación del Acto Legislativo No 2 de 2017″, dice el texto.

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