Daniel Palacios, ministro del Interior, aseguró este lunes 2 de agosto que no hay ninguna aprobación por parte del Gobierno nacional para que entre en vigencia el decreto 102 del 28 de julio de 2020, con el que la alcaldesa del municipio de Sucre (Sucre), Elvira Julio Mercado, determinó la implementación de un toque de queda para las personas que no han sido vacunadas en el territorio.
“En ese sentido, no procedería ningún decreto que restrinja la movilidad de ningún ciudadano en el departamento de Sucre”, indicó el alto funcionario en Blu Radio y al mismo tiempo aseguró que el departamento de la costa Atlántica se encuentra por debajo del 85 % de ocupación en UCI y que esto quiere decir que, “el decreto vigente no se puede establecer en ciudades o municipios donde hay una ocupación inferior al 85 % de unidades de cuidados intensivos, restricciones a la movilidad”.
“El decreto será negado bajo los principios, primero que no existe una ocupación superior al 85 % en el departamento ni en el municipio, por tanto, no procede ningún limitación a la movilidad”, agregó.
Cabe recordar que, el decreto que emitió la alcaldía establecía un toque de queda continuo y general desde este 2 de agosto hasta las 00:00 horas del 10 del mismo mes para las personas que no han recibido la vacuna contra el covid-19, así como la exigencia del carné de vacunación para el ingreso a establecimientos comerciales durante la próxima semana.
La alcaldesa Julia Mercado señaló: “No se está obligando a vacunarse, simplemente se utilizan estrategias para incentivar el plan piloto del gobierno nacional, la Inmunización de rebaño. La propagación del virus está en nuestra manos, Vacúnate de Una”.
De acuerdo con el documento, las personas que no han sido inmunizadas únicamente podrían circular por el municipio para prestar servicios de salud o recibirlos, adquirir medicamentos o tratamientos médicos, así como para asistir a los puntos de vacunación para recibir el biológico o firmar su desistimiento.
Cualquier establecimiento del municipio de Sucre, en especial los bares y discotecas, restaurantes y ventas de comidas rápidas, así como los establecimientos de giros y casas de cambio, depósitos, graneros, tiendas y el Banco Agrario deberían exigir el carné de vacunación para permitir el ingreso de usuarios a sus sedes.
Además, los empleados de los establecimientos deberían garantizar que sus empleados están inmunizados, “so pena del cierre provisional del establecimiento de comercio por el término de tres días hábiles”, señala el decreto. Las iglesias y congregaciones también deben exigir el carné de vacunación.
Así mismo, con el nuevo decreto, los habitantes del municipio de Sucre podrían gozar de unas horas más de fiesta, pues se estableció extender el horario permitido para los bares y establecimientos de comercio de actividad nocturna, hasta la 1:00 de la mañana, pero solo podrán asistir aquellos que ya cuenten con la vacuna.
Además, las personas que infringieran las determinaciones del decreto 102 serían sancionados con una multa contemplada en el Código de Policía, así como los establecimientos comerciales se arriesgarían a un cierre provisional y los funcionarios públicos a las sanciones de ley.
“Con esto, estamos buscando la inmunidad de rebaño. Nosotros en el departamento de Sucre, salimos beneficiados para la inmunidad de rebaño y lo queremos es que toda la comunidad de nuestro municipio se vacune”, señaló la mandataria municipal según la emisora W Radio.
SEGUIR LEYENDO: