Corte Suprema de Justicia pide al Congreso actualizar la legislación laboral

Desde la promulgación de la Constitución del 91, el legislativo tiene pendiente tramitar el Estatuto del Trabajo

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La sentencia contra Monsalvo, que permanecerá por ahora en libertad, se conocerá en las próximas semanas. EFE /Archivo
La sentencia contra Monsalvo, que permanecerá por ahora en libertad, se conocerá en las próximas semanas. EFE /Archivo

El pasado 30 de julio, la Corte Suprema de Justicia publicó un documento donde exhorta al Congreso de la República a que inicie la actualización de la legislación laboral en Colombia, pues encontró que en lo colectivo como en lo individual hay retrasos.

Según el alto tribunal, las dinámicas laborales en Colombia han cambiado con los años, pues se han dado nuevas formas de relacionamiento y han aparecido nuevas tecnologías de la información y comunicación.

La Corte sentenció que existe una “añeja legislación” que no está respondiendo a la nueva realidad que vivimos, por lo que es necesario que se expida de manera urgente el Estatuto del Trabajo que está contemplado en el artículo 53 de la Constitución Política.

De acuerdo con la Corte, “es el vehículo que permitirá poner a tono la normativa social con el discurrir de los tiempos y que seguramente dará un nuevo contenido a cada una de las figuras jurídicas que lo reclaman, entre ellas, la negociación colectiva (convención, pacto y laudo)”.

Así mismo, la Sala Laboral pidió al legislativo que en desarrollo del artículo 53 de la Constitución, profiera la ley o leyes necesarias para actualizar la legislación laboral.

En lo atinente a las relaciones individuales como a las colectivas, en conjunción con los postulados de la Constitución de 1991 y los convenios internacionales del trabajo que formen parte del bloque de constitucionalidad, de manera que se remocen, en ese nuevo marco normativo, las figuras aplicables en cada caso y se establezcan las definiciones y precisiones que correspondan.

Por otro lado, el alto tribunal solicitó que los códigos sustantivos y procesales vigentes tiene que seguir usándose, para armonizar la legislación de mediados del siglo anterior con la constitución del 91.

Esta decisión de la Corte se dio luego de que se estudiara con detalle el conflicto entre un sindicato y una empresa de empaques del Cauca, que llegaron a unos acuerdos en el tribunal de arbitramiento.

En el caso particular que analizó la Corte, la Sala de Casación Laboral devolvió al tribunal de arbitramento algunos artículos para que se pronuncie de fondo, dándole la razón al sindicato en que sí estaba facultado para resolverlos.

De otro lado, aunque la empresa solicitó que se anulara otros artículos del pliego de peticiones que fueron aprobados por el Tribunal de Arbitramento -afirmando que, ante sus pérdidas, esos beneficios laborales implicarían su disolución y liquidación-, la Sala de Casación Laboral los mantuvo al encontrar que la firma no justificó por qué esos derechos para los trabajadores le generaban una inequidad manifiesta, ni aportó un estudio sobre los costos que le conllevarían las concesiones hechas en el laudo.

Estos son los detalles de esa sentencia:

TERCERO: EXHORTAR al Congreso de la República para que en desarrollo del artículo 53 de la Constitución Política profiera la ley o leyes que incumban, en orden a actualizar la legislación laboral, tanto en lo atinente a las relaciones individuales como a las colectivas, en conjunción con los postulados de la Constitución de 1991 y los convenios internacionales del trabajo que formen parte del bloque de constitucionalidad, de manera que se remocen, en ese nuevo marco normativo, las figuras aplicables en cada caso y se establezcan las definiciones y precisiones que correspondan. Notifíquese, publíquese, cúmplase y envíese al Tribunal de Arbitramento y al Ministerio de Trabajo para lo de su competencia.

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