A través de la sentencia T 188 de 2021, la Corte Constitucional de Colombia ratificó las facultades de Colpensiones para revocar directamente la prestación económica, en caso de comprobarse el incumplimiento de los requisitos o fraude. Esto quiere decir, que la administradora de pensiones nacional no deberá esperar a que finalice un proceso penal antes de tomar acciones en casos donde se haya evidenciado una falta por parte del afiliado.
Según información revelada por la Corte Constitucional, el fallo fue emitido después de que magistrados revisaran el caso de una afiliada de Colpensiones que fue calificada con una pérdida de capacidad laboral superior al 50 por ciento en 2014. Ahora, siete años después, un ciudadano presentó una denuncia porque al parecer había irregularidades con este caso.
La Fiscalía General de la Nación se encargó de hacer la investigación pertinente y evidenció que, en efecto, algunos médicos y miembros de la Junta de Calificación de Invalidez de la misma región de la afiliada, fueron descubiertos, emitiendo dictámenes de pérdida de capacidad laboral fraudulentos a cambio de dinero. Este hecho dio pie a que se iniciara una investigación administrativa especial en la que se concluyó que el dictamen médico presentado por la mujer contenía información falsa, por lo que se revocó el pago de la pensión.
La pensionada apeló esta decisión argumentando que se habían vulnerado sus derechos fundamentales que terminó devolviéndole el pago de la pensión de invalidez. Colpensiones optó por volver a abrir el caso, la Corte Constitucional accedió a revisarlo y determinó que la entidad estaba en su derecho de actuar como lo hizo
“La Sala determinó que las actuaciones de Colpensiones se ajustaron al debido proceso y cumplieron con las normativas y jurisprudencia que autorizan para ordenar la revocatoria unilateral de pensiones reconocidas, al descubrir la presentación de documentos falsos”, dice un comunicado emitido por Colpensiones.
Así las cosas, la administradora de pensiones nacional se pronunció acerca del tema para celebrar la decisión de la Corte.
“Celebramos esta decisión que se convierte en un precedente para quienes buscan obtener el reconocimiento pensional a través de documentación fraudulenta ya sea para pensión por invalidez, vejez o sobrevivencia”, indicó Juan Miguel Villa, presidente de Colpensiones.
Así mismo, el ejecutivo dijo que decisiones como estas permiten proteger los recursos de los colombianos. De hecho, se indicó que gracias a tomar las acciones pertinentes se ha logrado evitar que el país pierda 996 mil millones de pesos por conceptos de pensiones adjudicadas con documentos falsos.
“Con estas acciones, ratificamos el compromiso que tenemos con la ciudadanía de velar por los recursos públicos y de denunciar las prácticas indebidas a las que se acude para acreditar este beneficio. Hemos logrado detener o prevenir la afectación al patrimonio público por un valor estimado de $996 mil millones de pesos, asimismo, generamos alertas al sistema de Seguridad Social sobre las diferentes modalidades de fraude al sistema pensional”, concluyó el presidente Villa.
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