Consejo de Estado confirmó la inhabilidad por 18 años de la exdirectora del DAS María del Pilar Hurtado

La exfuncionaria asegura que las medidas tomadas en su contra se impusieron de manera irregular. La autoridad refuta y asegura que ya está demostrado que ella sí hizo parte del escándalo de las chuzadas.

Guardar
Enero 31 de 2015. Bogotá.
Enero 31 de 2015. Bogotá. Ex-directora del DAS María Del Pilar Hurtado. (Colprensa - Mauricio Alvarado)

Por decisión del Consejo de Estado, se mantiene las medidas impuestas sobre la exdirectora del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), María del Pilar Hurtado, luego de que ella misma interpusiera una demanda que buscaba anular la destitución e inhabilidad para ejercer cargos públicos, por 18 años, que le impuso la Procuraduría General, en el 2010, por el escándalo de las ‘chuzadas’. De lo que se le acusa es de haber ordenado los seguimientos e interceptaciones a magistrados de la Corte Suprema de Justicia; abogados, y políticos de oposición, durante el gobierno del expresidente Álvaro Uribe.

Según los argumentos de Hurtado, no se le había respetado su debido proceso, y la Procuraduría habría extralimitado sus funciones. La exfuncionaria asegura que ese ente había violado la Constitución al “desbordar sus atribuciones legales”. El alto tribunal, ante los alegatos de Hurtado, aseguró que la Procuraduría “no actuó con desviación de poder”, y detallo que su conducta, la de la ahora inhabilitada servidora pública, “resulta totalmente opuesta a la ética institucional, al orden jurídico que estaba obligada a honrar y respetar”.

“Con su comportamiento reprochable, desconoció que los funcionarios que dirigen los entes públicos tienen el deber de observar mayor disciplina y pulcritud en el cumplimiento de sus funciones”, indicó la sentencia proyectada por el magistrado Carmelo Perdomo. Fue el mismo Perdomo el que, en la comunicación, argumentó que, en efecto, sí existen pruebas de que Hurtado ordenó y dirigió seguimientos ilegales contra 11 magistrados de la Corte Suprema de Justicia, a la exsenadora Piedad Córdoba y al abogado Ramiro Bejarano entre los años 2007 y 2008, durante el segundo periodo del expresidente Uribe.

La reafirmación del magistrado se dio luego de que, en medio de sus reclamos, Hurtado asegurara que el Ministerio Público “se fundamentó en pruebas no sometidas a contradicción” y que la indagación en su contra es el resultado de un ‘complot’.

El Consejo, sin embargo, se mantuvo en asegurar que la Procuraduría General de la Nación había hecho un ‘amplio análisis’ y un ‘examen integral’ de las evidencias que la involucran en los delitos de los que se le señala. “La Procuraduría, en ese contexto, explicó y justificó con suficiencia por qué dio credibilidad a unas pruebas y se apartó de otras”, dice la sentencia.

Ese ente aseguró que el hecho de que Hurtado esté en desacuerdo con la decisión del Ministerio Público, “no implica que (la Procuraduría) haya incurrido en expedición irregular por falsa motivación, desviación de poder, violación de los derechos de contradicción, defensa y debido proceso, vía de hecho o que no existieran razones suficientes para sancionar”.

La defensa de María del Pilar Hurtado, además de argumentar que no habían pruebas para inculpar a la mujer de los delitos que recaen sobre su expediente, ofreció la posibilidad de que la exfuncionaria pueda pagar una indemnización por los daños que pudo haber generado con la sanción disciplinaria, sin embargo, todo fue rechazado por la autoridad.

“La presunción de inocencia de la señora María del Pilar Hurtado desapareció por completo en este caso, debido al copioso y diciente material de pruebas recaudado durante el proceso disciplinario, que da cuenta de la certeza de la falta imputada y su responsabilidad”, aclaró la sentencia en la que se agregó que, “la conducta imputada a la accionante tuvo ocurrencia, que constituyó incumplimiento de los deberes funcionales imputados en el pliego de cargos y que corresponde a la descripción típica de carácter gravísimo y doloso, que motivó la destitución del cargo”.

Desde 2015, Hurtado se encuentra privada de su libertad en una guarnición militar en el norte de Bogotá, allí, se encuentra pagando una condena de 14 años que le impuso la Corte Suprema de Justicia por su responsabilidad en los delitos de violación ilícita de comunicaciones, abuso de función pública, concierto para delinquir, peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público.

Seguir leyendo:

Guardar