A partir de la primera semana de agosto y hasta octubre, los colombianos con salarios superiores a 49′850.000 durante el 2020 deben presentar la declaración de sus impuestos ante la DIAN. Sin embargo, muchas personas no saben que pueden realizar este procedimiento a través de internet. Para el 2021 se estima en Colombia declaren renta entre 3.7 y 4 millones de personas.
Cosas que debe tener en cuenta para pagar por internet, si es llamado por la DIAN, para presentar su declaración de renta:
El plazo para presentar su declaración: Es importante que los ciudadanos tengan en cuenta hasta cuándo pueden presentar sus documentos sin que haya una multa de por medio. Este año, desde el 11 de agosto hasta el 20 de octubre se tendrá que presentar el paz y salvo de impuestos. Esto depende del número de la cédula de los declarantes.
Según los datos de la DIAN, en el último año, el número de contribuyentes en el país aumentó un 11,1 %, en comparación con el 2019.
Es necesario tener el Registro Único Tributario (RUT) actualizado: Antes de realizar el proceso, los ciudadanos deben actualizar en qué actividades económicas trabajaron y de dónde provienen los recursos recolectados en ese momento.
Obtener una firma electrónica: sino tiene esta firma, puede descargar el documento e ir y presentar la solicitud en un banco.
¿Qué pasa si no presento mi declaración de renta o la presento tarde?
Según la información presentada por Tributi.com, una plataforma que elabora declaraciones de renta elabora en Colombia, al ser un deber decretado por ley, las personas naturales que no declaren renta o lo hagan fuera de la fecha establecida tendrán sanciones.
- Si presenta su declaración de renta después de la fecha límite, tendrá que pagar una sanción por declarar tarde, conocida como sanción por extemporaneidad. Esta sanción equivale al 5% de su impuesto a cargo y aumenta con cada mes o fracción de mes que pase entre la fecha límite de pago y la fecha en la cual se presente la declaración de renta.
- La sanción mínima que se pagará en 2021 por las obligaciones incumplidas o mal cumplidas con la DIAN es de $363.000. Es decir que solo por declarar un día tarde, ya tendrá que asumir este valor, incluso si la declaración de renta arroja un valor a pagar de cero.
- Le será enviado un mensaje de advertencia, notificando que cuenta con un mes máximo para realizar el pago correspondiente al monto del impuesto, de no ser cumplido este plazo se le anexará un 10%, articulo 642 de la ley establecida.
- De no declarar impuestos sobre la renta en ninguno de los casos anteriores se le sumará un 20% como sanción en base a el valor de sus consignaciones bancarias o bien los ingresos brutos de la persona, esto se dará en relación al periodo en el que el mismo no declaro impuestos o en relación a los ingresos de la última declaración que ha realizado, articulo 643 de la ley establecida.
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