Condenan a ocho militares por asesinar a campesinos y hacerlos pasar como guerrilleros en Guaviare

Miembros del Ejército y las Autodefensas secuestraron y mataron a dos hombres en el 2006 y los registraron como bajas de las Farc.

Guardar
Militares. Foto: (Colprensa - Diego Pineda)
Militares. Foto: (Colprensa - Diego Pineda)

Arcadio Torres Peña se encontraba en su finca El Diamante, en la vereda Alto Cafre, del municipio de Puerto Concordia en el Meta, donde vivía junto a su mamá, hasta el 22 de marzo de 2006 cuando fue secuestrado y posteriormente asesinado por miembros del Ejército para ser pasado como guerrillero.

Ese día, Peña estaba arreglando una cerca de la finca con el trabajador Rosendo Holguín Bohórquez, cuando sobre las 5:00 de la tarde, llegaron dos hombres vestidos de negro que se identificaron como autodefensas y que estaban acompañados de miembros del Ejército que usaban camuflado.

Los armados dijeron estar buscando radios de comunicación o armas pertenecientes a las Farc, pero no encontraron nada y en su lugar, retuvieron y se llevaron a Torres Peña y Holguín Bohórquez con destino desconocido.

Para ese entonces, el Batallón de Infantería No. 19 General José Joaquín Paris Ricaurte, había lanzado la misión táctica de ocupación y destrucción denominada Arrazador, que se realizó en el área general de Puerto Concordia, en el Meta. En esos operativos llegaron hasta la casa de los Peña.

La mamá de Torres Peña inició las denuncias al día siguiente, y fue hasta el Tribunal Militar y la Personería de Puerto Concordia para denunciar la desaparición y detención de su hijo y el trabajador de la finca. Así mismo, dos días después, estableció contacto con un militar en el campamento castrense conocido como “El Internado”, donde le dijeron que fuera a la Fiscalía de San José del Guaviare, porque los dos hombres estaban muertos.

Así, después de denunciar que habían sido retenidos mientras estaban en la casa, con sus elementos de trabajo, sin ningún intercambio de disparos, la mamá de Torres Peña se encontró que el Ejército había entregado otra versión.

Los militares aseguraron que al cruzar el Caño Cafre de la vereda, mientras realizaban un desplazamiento tras labores de observación y escucha, fueron atacados por miembros del frente 7 de las Farc, entraron en combate y se dio la muerte de dos personas reportadas como NN, pero que en realidad correspondían a Arcadio Torres Peña y Rosendo Holguín Bohórquez.

“Es decir que, en efecto, mediante un supuesto legitimo enfrentamiento entre fuerzas del Estado y grupos beligerantes al que presuntamente pertenecían los hoy occisos, estos resultaron muertos en combate, cuando lo cierto es que el día anterior a su cruel fallecimiento fueron extraídos de su terruño, sin estar en actividades subversivas, mucho menos tener en su poder armas de fuego o cualquier artefacto idóneo para atacar a la fuerza pública”, señaló el Juzgado Promiscuo del Circuito de San José del Guaviare en una sentencia de 2016.

En esa decisión, el Juzgado condenó al capitán Miguel Alejandro Durango Durango a 42 años de prisión, multa de 2000 SMLMV, e inhabilitación de derechos para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 15 años; a Sergio Alonso Cruz Gordón y Luis Euclides Ibarguen Mestra, a 38 años de prisión, multa de 2000 SMLMV e inhabilitación de derechos para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 15 años; a Valentín Díaz Hernández, Carlos Alirio Alvarado Carrillo, Jhorman Said Montenegro Pachón, Anderson López Hurtado, Diego Fernando Mina Yonda, Luis Segundo Cano Gómez E Isidro Malaver Ahumada, a 34 años y 6 meses de prisión, multa de 2000 SMLMV e inhabilitación de derechos para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 15 años.

Ahora, la Corte Suprema de Justicia confirmó esa condena al encontrar que los militares mintieron al momento de presentar la información de los dos occisos, a quienes quiso pasar como bajas en combate; cuando en realidad los miembros del Ejército los secuestraron y ejecutaron de manera ilegítima. El soldad Jhorman Said Montenegro Pachón se encuentra sometido a la Jurisdicción Especial para la Paz por este caso desde 2020.

“Esta condena es muy importante porque se dignifica el nombre de las víctimas y porque toda la sociedad colombiana sabrá que Arcadio y Rosendo fueron víctimas de un crimen de lesa humanidad cometido por el Ejército Nacional”, manifestó Olga Naizir, coordinadora del área jurídica del Colectivo Sociojurídico Orlando Fals Borda-Colectivo OFB que ha acompañado a la familia.

Sin embargo, el colectivo denunció que el soldado Montenegro Pachón, hasta junio de 2020, se encontraba activo y laborando en el Grupo de Caballería Mecanizado No. 10 Tequendama - GMTEQ, mientras que, según el colectivo “este militar debió ser apartado del servicio hace mucho tiempo, para evitar la repetición de estos crímenes de lesa humanidad y como garantía de los derechos de las víctimas”.

SEGUIR LEYENDO:

Guardar