Estos son los nuevos requisitos para entrar y salir de Colombia con perros y gatos

La resolución aplica únicamente para mascotas que se transporten como animales de compañía o con destino comercial.

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A través de la resolución 100164 del 7 de julio de 2021, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) determinó “los requisitos sanitarios para el ingreso y salida del país de perros y gatos como animales de compañía o con destino comercial y se dictan otras disposiciones”.

Inicialmente el ICA aclara que es la entidad responsable de proteger la sanidad agropecuaria del país con el fin de “prevenir la introducción y propagación de enfermedades que puedan afectar las especies animales. Corresponde al ICA establecer las acciones que sean necesarias para la prevención, control, supervisión, erradicación, manejo técnico y económico de enfermedades de los animales y sus productos”.

Requisitos sanitarios para la salida de Colombia de gatos y perros

De acuerdo con la resolución, todo usuario interesado en trasladar hacia el exterior y desde el país perros y/o gatos como animales de compañía o con destino comercial, deberá cumplir con los siguientes requisitos sanitarios:

-Presentar al ICA un certificado sanitario expedido por un Médico Veterinario o Médico Veterinario y Zootecnista particular, en original y copia, con firma, número de matrícula profesional expedida por COMVEZCOL, y con fecha de expedición no mayor a cinco (5) días calendario previos al embarque de los animales, en el cual se certifique: La especie, raza, sexo, edad, peso del animal, color del pelaje, identificación electrónica (microchip de acuerdo con la edad y según exigencia del país de destino).

-Que la edad registrada del animal en el certificado sanitario y certificados de vacunación corresponda al desarrollo morfológico del mismo.

-Todos los perros menores de doce (12) meses de edad que vayan a ser exportados por cualquier tipo de usuario, deben estar identificados por medio de microchip que pueda ser leído por un dispositivo de lectura compatible con la tecnología HDX o FDX-B (microchip de 15 dígitos). El número del microchip será registrado en el CIS. En caso de que la mascota cuente con varios microchips, éstos deberán quedar registrados en el CIS.

-Que al animal se le haya realizado un examen clínico por parte de un Médico Veterinario o Médico Veterinario y Zootecnista particular y que al momento de realizar el mismo, el animal no haya presentado signos compatibles con enfermedades infectocontagiosas transmisibles o parasitarias, y no presente heridas recientes, suturas o lesiones en fase aguda.

En caso de las hembras gestantes se deberá indicar su tiempo aproximado de gestación y el concepto veterinario sobre su viabilidad y conveniencia de traslado.

-Que el animal haya recibido un tratamiento antiparasitario interno y externo de acuerdo con las exigencias del país de destino, con productos que estén debidamente autorizados en Colombia, indicando nombre del producto, registro ICA, número de lote, principio activo y la fecha de administración del mismo.

-Que el animal se encuentre en condiciones sanitarias aptas para ser transportado.

-Presentar certificación de vacunación vigente, de acuerdo con la especie y edad del animal que cumpla con plan vacunal exigido por el país de destino, en el que se especifique el nombre del producto, número de lote, fecha de administración y fecha de revacunación o vigencia.

“Todos los perros o gatos que salgan del país deben tener sus vacunas vigentes, aplicadas en los tiempos exigidos por las autoridades sanitarias del país de destino y se deberán cumplir los periodos de tiempo establecidos para su movilización después de su aplicación, así como el resto de requisitos sanitarios exigidos”, se lee en el documento.

A puppy which is under the care and protection of the Mayor's Animal Care Unit office is seen inside a cage at their facilities amid the coronavirus disease (COVID-19) outbreak in Bogota, Colombia April 2, 2020. Picture taken April 2, 2020. REUTERS/Luisa Gonzalez
A puppy which is under the care and protection of the Mayor's Animal Care Unit office is seen inside a cage at their facilities amid the coronavirus disease (COVID-19) outbreak in Bogota, Colombia April 2, 2020. Picture taken April 2, 2020. REUTERS/Luisa Gonzalez

Requisitos sanitarios para el ingreso a Colombia de gatos y perros

Toda persona natural o jurídica interesada en ingresar a Colombia perros y/o gatos como animales de compañía o con destino comercial, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

-Presentar original del certificado sanitario, expedido o avalado por la entidad sanitaria oficial del país de origen con sello y firma original o electrónica para los países que cuenten con este sistema, con fecha de expedición no mayor a diez (10) días calendario previos al ingreso de los animales a Colombia, en el cual se certifique: La especie, raza, sexo, edad, color del pelaje, identificación electrónica (microchip en caso de contar con este) y otras señas particulares.

-Que el o los animales haya(n) recibido un tratamiento antiparasitario interno y externo, dentro de los 60 días previos al embarque, con productos cuyo uso esté debidamente autorizado en el país de origen, indicando nombre del producto, principio activo y la fecha de administración del mismo.

-Que el animal se encuentra en condiciones sanitarias aptas para ser transportado.

-Presentar original y copia de la certificación de vacunación vigente que incluya la información del nombre del producto, número de lote, fecha de administración y fecha de revacunación o vigencia, de las siguientes enfermedades:

Para perros: Rabia Enfermedad de Carré (Distemper), Hepatitis canina, Leptospirosis (canícola e icterohemorragiae), Parvovirus, Coronavirus y Parainfluenza.

Para gatos: Rabia Panleucopenia felina, Rino-Traqueítis viral felina y Calicivirus felino.

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