Este sábado el país recibió 1.000.000 de dosis de vacunas contra el covid-19, provenientes del laboratorio Sinovac, las cuales fueron alcanzadas a través de un acuerdo bilateral con esta casa farmacéutica.
Frente a este lote, Germán Escobar, jefe de Gabinete del Ministerio de Salud y Protección Social, explicó que es el primer millón, de dos millones de dosis, comprometidas por el laboratorio para llegar este mes al país. “Continúan reforzando las etapas 3 y 4 del Plan Nacional de Vacunación contra el covid-19”, manifestó Escobar.
Asimismo, señaló que permitirán “por un lado, ampliar las capacidades de aplicación de primeras dosis, y segundo, garantizar las segundas dosis de las personas de quienes recibieron la primera inmunización con esta vacuna”.
El funcionario señaló que con este lote, Colombia suma 28.956.034 dosis de vacunas contra el covid-19, de las cuales 1,5 millones fueron adquiridas por el sector privado, así como 2,5 millones de dosis fueron donadas por el Gobierno de Estados Unidos.
Por otro lado, recordó que con corte a las 23:59 del 9 de julio, el país completa 21.124.781 dosis aplicadas, de las cuales 7.943.511 corresponden a segundas dosis y 699.630 a unidosis, es decir, las vacunas de Janssen, que son de una sola dosis.
Así se realiza la vacunación en el sector privado
La vacunación contra el covid-19 por parte de privados inició la semana pasada, lo que representa un avance en la inmunización de los colombianos ya que complementa al Plan Nacional de Vacunación; sin embargo, hay que tener en cuenta varios aspectos que se establecieron en la Resolución 840 de 2021.
Lo primero, señaló Germán Escobar, jefe de gabinete del Ministerio de Salud y Protección Social, es que la adquisición de vacunas por parte del sector privado puede surtir varias vías.
“Por un lado se puede hacer una adquisición por la vía directa de negociación con farmacéuticas; sin embargo, por disposición de las mismas casas productoras -quienes lo han anunciado públicamente- esa vía de negociación pareciera no estar abierta”, indicó.
En respuesta a tal panorama surgió una segunda vía, que es a través de un apalancamiento de compra con el Gobierno nacional. “Es la que se ha puesto en marcha y que ya dio el primer fruto de 1.5 millones de vacunas que llegaron al país y que se trabajó en conjunto con una amplia convocatoria liderada por la ANDI a múltiples empresas”, expuso el funcionario.
En ese orden de ideas, una vez adquiridas las dosis de las vacunas, el sector privado debe aplicarlas en Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) debidamente habilitadas y, siempre y cuando, esas capacidades de vacunación sean complementarias y en ningún caso sean las instaladas para el Plan Nacional de Vacunación, de acuerdo con lo establecido en el acto administrativo precitado.
“No quiere decir que todas las vacunas deben ser colocadas de manera intramural dentro de una IPS”, precisó el jefe de gabinete, esclareciendo que los prestadores de salud pueden establecer jornadas de vacunación o modalidades de vacunación extramural a través de puestos complementarios, de acuerdo con las necesidades del comprador de las vacunas.
Cabe resaltar, que para adquirir vacunas contra el covid-19, el sector privado debe cumplir los requisitos establecidos en la Resolución 840 de 2021, “no obstante son exigencias muy concretas”, sostuvo Escobar. El más importante es que, cualquier vacuna que ingrese al país debe tener las condiciones mínimas de seguridad establecidas por el Invima.
En el caso de una adquisición directa por el sector privado, esta autorización debe estar complementada por una autorización de importación por parte de la empresa o el grupo de empresas del titular de Uso de Emergencia.
Según explicó MinSalud, teniendo en cuenta lo anterior, es importante que todo vacunado quede registrado en el sistema de información de vacunación nacional -PAIWEB-, que se debe hacer a través de las IPS, las cuales tiene sus usuarios programados y dominan la plataforma.
Finalmente, Escobar destacó “en el caso de una adquisición directa entre el sector privado y una farmacéutica, serán las empresas del sector privado quienes tengan la responsabilidad de las condiciones que pacten en sus acuerdos”. Esto quiere decir que, en ningún caso bajo este esquema de negociación directa, será el Gobierno nacional quien asuma algún tipo de responsabilidad.
Diferente al caso de la línea de apalancamiento de compra por parte del Gobierno, en donde sí adquiere la responsabilidad bajo el régimen que se estableció en la Ley 2064 del 2020.
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