MinEducación pide a maestros colombianos reponer las clases no dictadas por el paro

La cartera emitió una circular que incluye un cronograma detallado de reposición de tiempo de trabajo académico presencial con los estudiantes, modificación de calendario académico y reporte de novedades de nómina.

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El anuncio lo hizo la ministra de Educación durante su visita al municipio de Santa Rosa de Cabal. Foto: Ministerio de Educación
El anuncio lo hizo la ministra de Educación durante su visita al municipio de Santa Rosa de Cabal. Foto: Ministerio de Educación

Julio inicia con una nueva directriz para los docentes en Colombia: reponer todas las clases en los colegios públicos del país que no se dictaron mientras transcurría el paro nacional. La orden fue dada por el Ministerio de Educación Nacional (MEN) este 5 de julio, a través de la circular número 17 de 2021, en la que aseguran que es importante que se cumpla el calendario académico para no afectar los procesos de aprendizaje de los estudiantes del país.

La mencionada circular fue enviada de forma directa a todas las Entidades Territoriales Certificadas en Educación que funcionan en el país. Se indicó que en el documento hay un cronograma detallado de reposición de tiempo de trabajo académico presencial con los estudiantes, modificación de calendario académico y reporte de novedades de nómina.

“Las Secretarías de Educación deberán asegurar el cumplimiento de los programas y contenidos curriculares de cada establecimiento educativo estatal en forma presencial y con la plena garantía y respeto del derecho fundamental a la educación lo cual puede implicar la implementación de diversas estrategias pedagógicas y eventualmente la modificación del calendario académico en el marco de la normatividad vigente”, señala la circular.

Según el MEN, el documento retoma los postulados de la directiva 05 de 2021, expedida por esa misma cartera gubernamental, y los postulados de la resolución 777 de 2021 del Ministerio de Salud (MinSalud) para el regreso a la prestación del servicio educativo de manera presencial. Se asegura que esto es importante para seguir el respectivo Proyecto Educativo Institucional (PEI) de cada establecimiento educativo estatal.

Se precisa que, además de la necesidad de cumplir con las horas efectivas de intensidades académicas dejadas de recibir, lo más importante es que se puedan dar los programas y contenidos curriculares del PEI. Esto, por supuesto, puede implicar la implementación de diversas estrategias pedagógicas y eventualmente la modificación del calendario académico en el marco de la normatividad vigente.

Así mismo, se recordó el procedimiento para modificar el calendario académico y la necesidad de implementar estrategias para que se controle la calidad y efectividad del proceso de reposición y las clases impartidas.

Se hizo un énfasis en que las Entidades Territoriales Certificadas en Educación son las que deben velar que lo mencionado se cumpla. En caso de que no sea posible estructurar un plan de reposición y reponer total o parcialmente el tiempo de trabajo académico presencial con los estudiantes, el MEN indicó que se deben aplicar lo dispuesto en los decretos 1844 de 2007 y 1647 de 1967.

El equipo del Ministerio de Educación asegura que en caso de dudas, está presto a acompañar y apoyar técnicamente a las Entidades Territoriales Certificadas en Educación que lo requieran. Esto, según la cartera, tiene el objetivo de abordar los desafíos que se presenten de forma satisfactoria para así garantizar la prestación del servicio educativo.

“La reposición efectiva del tiempo académico que no recibieron los estudiantes por la participación total o parcial de los docentes y directivos docentes en los ceses de actividades durante los meses de abril, mayo o junio del año en curso, está encaminado a garantizar el derecho fundamental a la educación de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, y responde de manera inmediata a sus necesidades y a la equidad en las oportunidades. Así se evitan mayores rezagos en los procesos de aprendizaje que han tenido en el presente año escolar con ocasión de la pandemia y posteriormente con los días no laborados por los docentes con ocasión del cese de actividades”, aseguró el MEN.

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