JEP imputa cargos a 11 miembros de la fuerza pública y a un civil por ‘falsos positivos’

El tribunal de Paz explicó que los hechos se dieron entre 2007 y 2008 en Norte de Santander de manera “consciente”.

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Un hombre participa hoy en la elaboración de un mural sobre los falsos positivos, en Bogotá (Colombia). EFE/ Carlos Ortega
Un hombre participa hoy en la elaboración de un mural sobre los falsos positivos, en Bogotá (Colombia). EFE/ Carlos Ortega

La Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) imputó cargos a 11 miembros del Ejército Nacional, de la Fuerza Pública y a un civil por el caso 03 conocido como ‘Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado’.

La Sala hizo la imputación de crímenes de guerra a un Brigadier General, dos coroneles, dos tenientes coroneles, un mayor, un capitán, dos sargentos, a un cabo, y a un tercero civil en el subcaso de Norte de Santander y el Catatumbo entre enero de 2007 y agosto de 2008 que dejó al menos 120 víctimas mortales. Las personas son:

Brigadier general Paulino Coronado Gámez, comandante de la Brigada 30

Coronel Santiago Herrera Fajardo, antiguo comandante de la Brigada Móvil 15

Coronel Ruben Darío Castro, antiguos comandantes de la Brigada Móvil 15

Teniente Coronel Álvaro Diego Tamayo Hoyos, antiguo comandante del Batallón de Infantería No. 15 ‘General Francisco de Paula Santander’ (BISAN) de Ocaña

Teniente Coronel Gabriel de Jesús Rico Amado, exoficial de operaciones de la BRIM15 y el mayor Juan Carlos Chaparro Chaparro, excomandante del BISAN

Mayor Juan Carlos Chaparro Chaparro, excomandante del batallon de Infantería Francisco de Paula Santander

También hubo imputación contra antiguos oficiales de inteligencia de la Central de Inteligencia de Ocaña (CIOCA):

Capitán Daladier Rivera Jácome

Sargento segundo Rafael Urbano Muñoz

Sargento Segundo Sandro Mauricio Pérez Contreras, jefe de la sección de inteligencia del BISAN

Cabo primero Néstor Guillermo Gutiérrez Salazar, excomandante de escuadra en la BRIM15

Y contra un tercero civil: Alexander Carretero Díaz, quien trabajó como colaborador de las dos estructuras militares. En este caso el civil fue imputado como coautor por desaparición forzada y asesinato.

“Estas personas son acusados penalmente del crimen de guerra por homicidio en persona protegida conforme al código penal colombiano. Actuaron siendo conscientes de que era un crimen y también existen bases para determinar que son responsables de crímenes de lesa humanidad”, señaló la magistrada Catalina Díaz.

La JEP determinó que la mayoría de las 120 víctimas fueron hombres menores de 25 años, agricultores, comerciantes y transportadores. Además señaló que algunos fueron sacados con engaños de sus territorios, incluso desde Soacha (Cundinamarca), para que llegaran al Catatumbo, donde finalmente se cometieron los homicidios.

Las denuncias de la población del Catatumbo obligaron al cambio de modalidad. El 5 de diciembre de 2007, durante el consejo de seguridad de la Alcaldía de Ocaña, al cual asistieron miembros de la plana mayor del BISAN y del estado mayor de la BRIM15, la Defensoría del Pueblo advirtió sobre el asesinato de civiles para presentarlos ilegítimamente como bajas en combate.

“Entonces, a partir de diciembre de 2007 se puso en marcha un negocio criminal en el que miembros del Ejército Nacional transaron con terceros para que reclutaran a jóvenes de otros municipios y ciudades del país a cambio de una remuneración económica, todo con el fin de llevarlos hasta el Catatumbo, asesinarlos y utilizar sus cuerpos para sumar criminalmente a las estadísticas oficiales del éxito militar en la guerra”.

Uno de los puntos que más resaltaron las magistradas y el presidente de la JEP, Eduardo Cifuentes, es que esto se apoyó en la estigmatización de la población civil quienes fueron señalados muchas veces como guerrilleros, incluso.

La Sala de Reconocimiento encontró que no se trataba de hechos aislados o de una repetición accidental. Las desapariciones forzadas y asesinatos probados tenían las mismas características y una misma finalidad: responder a la presión por “bajas” a “como diera lugar” y así satisfacer el indicador oficial del éxito militar en el marco de la política institucional del conteo de cuerpos.

Los incentivos para cumplir con este indicador de éxito militar, como las felicitaciones, medallas, permisos y planes vacacionales, también tuvieron un papel importante en las motivaciones de los perpetradores de los crímenes. Por ahora se esperan al menos otras seis imputaciones por parte de la JEP sobre el caso 03.

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