JEP rechaza, de nuevo, solicitud de sometimiento de los hermanos Samuel e Iván Moreno Rojas

En junio de 2020 la justicia transicional ya se había pronunciado sobre el pedido de los hermanos condenados por corrupción, esta vez volvió a negar que los delitos cometidos por los Moreno tengan algo que ver con el conflicto armado.

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Exalcalde de Bogotá Samuel Moreno,.
Exalcalde de Bogotá Samuel Moreno,. Colprensa/Germán Enciso.

La Sala de Apelación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) reiteró que los hechos por los que fueron condenados el exalcalde de Bogotá, Samuel Moreno y su hermano, el exsenador Néstor Iván Moreno Rojas, no tienen relación ni directa o indirecta con el conflicto armado y por lo tanto no son competencia suya, rechazando de nuevo la solicitud de sometimientos de estos dos.

La Sala explicó que el conflicto armado colombiano no les otorgó a los Moreno Rojas ningún medio para cometer los delitos por los que están condenados y encarcelados. Tampoco les dio capacidades para incurrir en las conductas ilegales, ya que estas estaban dadas por su trayectoria política, lo que les permitió acceder a cargos del Estado. Tampoco hay evidencia de que los dineros apropiados fueran para favorecer a alguna de las partes enfrentadas en el conflicto armado o para obtener una ventaja militar.

Los hermanos Moreno expresaron que querían comparecer ante la JEP y así recibir los beneficios que tiene la justicia transicional argumentando que son víctimas de un complot político que “hace evidente” en circunstancias que se relacionan con el conflicto armado en el país, pero la Sala rechazó esto diciendo que no plantean ninguna hipótesis entre sus delitos y el conflicto. También dijeron que existió la operación Amazonas y que el entonces presidente de Colombia calificó a uno de ellos como ‘candidato de las Farc’.

Los desfalcos en que ocurrieron los Moreno en la contratación en Bogotá “son una realidad que no es puesta en duda por los solicitantes, además de haber sido comprobada, entre otras, porque quienes se beneficiaron con dichos dineros se sometieron a la justicia y algunos de ellos aún se encuentran privados de su libertad. Al margen de que los solicitantes manifiesten no haber participado en esos desfalcos, se tiene que esos recursos fueron desviados para engrosar el patrimonio de varias personas de manera injustificada, siendo este su móvil determinante”, especificaron los magistrados de la Sección de Apelación.

Iván Moreno, exsenador de Colombia,
Iván Moreno, exsenador de Colombia, implicado en el Carrusel de la Contratación. / Colprensa

Frente al interés de los Moreno Rojas de aportar en la revelación de las causas del conflicto armado a través de su conocimiento y experiencia, la JEP le notificará a la Comisión de Esclarecimiento de la Verdad, que también hace parte del Sistema Integral para la Paz, para que determine si considera pertinente recibir la declaración de esas personas.

En agosto de 2019 cuando presentaron por primera vez su caso a la JEP, los Moreno adujeron que querían aportar al esclarecimiento del conflicto armado, presentando unas “líneas de contexto” como herederos del expresidente militar Gustavo Rojas Pinilla, quien otorgó beneficios jurídicos para las guerrillas liberales.

Por su parte, frente al caso de María Eugenia Rojas de Moreno, madre de los condenados quien también presentó solicitud de acogerse a la JEP, este tribunal declaró que se inhibe de conocer respecto a la solicitud porque a la mujer “no se le endilga la comisión de ningún delito que pueda comprometer su responsabilidad penal, disciplinaria o fiscal, y ella tampoco menciona un crimen en el que esté involucrada, por el cual haya sido vinculada a un proceso penal o del que no tengan noticia las autoridades ordinarias”.

En 2016 Samuel Moreno Rojas fue condenado como culpable por haberse hecho con 2.790 millones de pesos que estaban dirigidos a obras públicas de Bogotá. También fue encontrado culpable por los delitos de celebración indebida de contratos y cohecho. Mientras que Iván Moreno fue condenado por la Corte Suprema de Justicia como autor del delito de concusión, determinador de interés indebido en la celebración de contratos y autor de tráfico de influencias.

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