Prohibido el uso de globos en las playas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina

Esta medida se tomó con el objetivo de reducir la contaminación de plásticos en las playas del archipiélago.

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Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. (Colprensa - Camila Díaz)
Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. (Colprensa - Camila Díaz)

La Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, Coralina, a través de la Subdirección Jurídica, expidió una nueva resolución por medio de la cual se prohíbe el uso de elementos perjudiciales para la vida submarina, como globos y plásticos entre otros.

Así lo anunció el director General de Coralina, Arne Britton González, quien manifestó que la medida se adoptó debido a las múltiples quejas y denuncias hechas ante la corporación, debido a la realización de reuniones y fiestas sobre las zonas costeras, especialmente en las playas de Los Almendros.

En estas zonas se han observado a diferentes grupos de personas utilizando globos y otro tipos de elementos, que no hacen una correcta disposición final de los residuos sólidos y se convierten en focos de contaminación, afectando también las especies marinas.

La medida es extensiva también a las embarcaciones como lanchas y pontones que son utilizados para este tipo de actividades, donde también utilizan globos y elementos contaminantes para el mundo marino. El director de la Corporación Ambiental indicó que el uso de estos elementos está prohibido en el sector de las playas o zonas costeras.

La prohibición del uso de globos se suma a la medida que entrará en vigencia el próximo mes de limitar en absoluto el ingreso, comercialización y uso de bolsas y todo tipo de elementos plásticos e icopor de un solo uso en el archipiélago,

De acuerdo con el Programa para el Medio Ambiente de Naciones Unidas, el 80 % de la basura marina es de plásticos y sus derivados y se estima que entre 4,8 y 12 millones de toneladas de estos materiales llegan a los océanos impactando negativamente los ecosistemas.

“Continuamos trabajando para la protección del ciclo de vida del Cangrejo Negro”: Coralina

En pro de la conservación de los recursos en periodos de veda y en cumplimiento de la resolución 1132 del 30 de diciembre de 2005, por medio del cual se adoptaron medidas para la preservación y aprovechamiento sostenible del Cangrejo Negro (Gecarcinus rurícola), continúa monitoreando la caza, transporte, comercialización, procesamiento, almacenamiento de esta especie.

Según informó Coralina, desde el pasado 1 de abril se inició el periodo de veda de la especie cangrejo negro, por esta razón, el equipo de control y vigilancia se ha esmerado para lograr un trabajo diario durante todo este periodo, realizando monitoreo, control y vigilancia constante en la vía circunvalar, con el objetivo de darle paso a esta especie clave en Seaflower, sensibilizar a la comunidad y turistas y establecer alianzas con la Policía Nacional para los operativos nocturnos en los sectores de mayor tránsito de cangrejos que van hacia el mar a desovar.

“Recordamos a toda la comunidad que la migración de cangrejo negro (Gecarcinus ruricola) especie endémica para Colombia, inició el 01 de abril y cierra el 31 de julio de cada año, cuando las hembras ovadas que bajan de la montaña y zona boscosa van y liberan sus huevos en el mar”, expresó.

Más regulación de los plásticos de un solo uso en los parques ecoturísticos de Cundinamarca

En concordancia con la utilización de plásticos de un solo uso, el pasado viernes 26 de junio la Corporación Autónoma Regional (CAR) de Cundinamarca prohibido totalmente el ingreso de estos elementos a los parques ecoturísticos del departamento que se encuentran bajo su administración.

Esta estrategia, que ya se comenzó a implementar desde el pasado 8 de junio en los seis parques de la CAR de manera pedagógica, busca reducir la contaminación que se produce por la tonelada y media de desechos plásticos que anualmente los ciudadanos ingresan a estos parques de Cundinamarca.

La medida establecida por la corporación aplica para el Embalse El Hato, la laguna del Cacique Guatavita, el Embalse del Neusa, Juan Pablo II, el puente Sopó y el río Neusa, y rige para todos los visitantes y colaboradores, así como para los operadores turísticos que prestan el servicio de restaurante y otras actividades.

“Para la prestación de estos servicios, se deberá implementar el uso de elementos de producción y disposición final sostenible si se desea continuar con el ofrecimiento de sus productos en cualquiera de los parques”, señaló una representante de la Dirección de Parques y Ecoturismo de la CAR, Andrea Real.

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