Corte Constitucional tumba curul de Ángela María Robledo en el Congreso

La representante a la Cámara renunció a su curul por la Alianza Verde el 20 de marzo de 2018, cuando ya había formalizado ante la Registraduría Nacional su inscripción como candidata a la Vicepresidencia de la República por la coalición Petro Presidente. Por eso, para el alto tribunal incurrió en doble militancia.

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La política colombiana Angela María
La política colombiana Angela María Robledo. EFE/Mauricio Dueñas Castañeda/ARCHIVO

Este 1 de julio, la Sala Plena de la Corte Constitucional zanjó la discusión sobre la llegada la Congreso de la representante a la Cámara Ángela María Robledo para el periodo 2018-2022, pues su curul se obtuvo luego de que tanto ella como Gustavo Petro quedarán en segundo lugar en las elecciones presidenciales.

De acuerdo con la Corte Constitucional, Robledo incurrió en doble militancia pues debió renunciar a la plaza que ocupaba en la Cámara de Representante por la Alianza Verde un año antes de que se inscribiera como fórmula vicepresidencial de Gustavo Petro, por el movimiento político Colombia Humana.

La decisión del alto tribunal se tomó con cinco votos a favor y cuatro en contra y contó con la participación de la conjueza Ruth Stella Correa, expresidenta del Consejo de Estado, debido al impedimento que presentó la magistrada Paola Meneses.

Cabe recordar que, Robledo renunció a su curul por la Alianza Verde en 2018, exactamente el 20 de marzo, cuando ya había hecho formal su inscripción como candidata a la Vicepresidencia. Este hecho fue lo que llevó al alto tribunal a determinar que sí incurrió en doble militancia.

Este argumento fue el que usó en abril de 2019 la Sección Quinta para anular la resolución 1595 del 19 de julio de 2018 del Consejo Nacional Electoral que le daba la curul a Robledo. El alto tribunal determinó que la prohibición de doble militancia aplica para quienes aspiren a la Vicepresidencia de la República.

Luego de esta decisión Robledo interpuso una tutela en el Consejo de Estado argumentando que no se tuvo en consideración que ella llegó a la Cámara no por presentarse a la urnas sino por el Estatuto de Oposición, que le otorgó al ser la segunda candidata más votada

El año pasado la Sección Segunda del Consejo de Estado le dio la razón a Robledo y le regresó su curul en la Cámara diciendo que fallo inicial había sido erróneo al extender la doble militancia a la regulación del derecho a la oposición.

Sobre la decisión, Robledo publicó un comunicado en el que aseguró que es un “fallo en contra del derecho fundamental a la oposición, anulando el fallo del Consejo de Estado del 11 de marzo de 2020″.

La decisión se dio luego que la Corte Constitucional eligiera para su revisión la tutela que había interpuesto la congresista contra la Sección Quinta del Consejo de Estado, ante las demandas de doble militancia

“Siempre he sido respetuosa de la Corte Constitucional y de sus fallos y esta no será la excepción. En su momento, cuando decidí acompañar a Gustavo Petro como fórmula a la vicepresidencia, consulté con expertos constitucionalistas, quienes me aseguraron que no estaba violando ninguna norma, por cuanto la doble militancia no está contemplada como causal de inhabilidad para aspirar a la presidencia o vicepresidencia”, indicó la congresista.

En el texto aseguró que, “es importante recordar que, la tutela presentada por Jorge Iván Palacio, exmagistrado y expresidente de la Corte Constitucional, y el jurista Jefferson Dueñas, argumentaba protección al debido proceso, al ejercicio de sus derechos políticos, y a su derecho de hacer oposición política”.

Finalmente, la representante a la Cámara agradeció a “los cientos de ciudadanos y ciudadanas que a través de sus mensajes le dan fuerza para continuar fortaleciendo su proyecto político, que ahora más que nunca es necesario en nuestro país, cuyos habitantes sueñan vivir en una Colombia en paz y con justicia social”.

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