Colombia fue el único país de la región que se abstuvo de votar el fin del embargo de EE.UU. a Cuba

La resolución de rechazo al embargo a Cuba de la ONU obtuvo 184 votos a favor, dos en contra (Estados Unidos e Israel) y tres abstenciones (Colombia, Ucrania y Emiratos Árabes Unidos).

Guardar
Vista de la Asamblea General
Vista de la Asamblea General de la ONU, en Nueva York. EFE/Jason Szenes/Archivo

Este miércoles 23 de junio, la Asamblea General de las Naciones se pronunció de forma abrumadora contra el bloqueo económico de Estados Unidos a Cuba y pidió que se ponga fin a esas medidas coercitivas unilaterales.

La resolución de rechazo al embargo a Cuba obtuvo 184 votos a favor, dos en contra (Estados Unidos e Israel) y tres abstenciones (Colombia, Ucrania y Emiratos Árabes Unidos).

La posición de Colombia de obtenerse fue la única de la región pues los demás países latinoamericanos apoyaron la resolución. Sobre esto, el expresidente Ernesto Samper escribió: “En vergonzosa decisión el gobierno de Colombia se abstuvo, con dos países más, de acompañar a los 184 países que pidieron en la ONU levantar el inhumano bloqueo económico que mantiene EE.UU. contra Cuba desde hace varios años. Un aporte más a la historia negra de la política exterior”.

La resolución A/75/L.97 se suma a las 28 que se han adoptado anualmente desde 1992, cuando la Asamblea General empezó a votar anualmente sobre la cuestión, con la única excepción de 2020 a causa de la pandemia decovid-19.

El ministro de Relaciones Exteriores de Cuba, Bruno Rodríguez Parrilla, presente en la votación, afirmó que el bloqueo es una violación masiva, flagrante e inaceptable de los derechos humanos del pueblo cubano.

Se trata, dijo, de una guerra económica de alcance extraterritorial contra un país pequeño país, y preguntó qué ocurriría a economías de países ricos si se les sometiera a condiciones similares.

Estados Unidos explicó su voto argumentando que las sanciones buscan promover la democracia y el respeto a los derechos humanos en Cuba.

Así fue la votación:

Tomado de la ONU
Tomado de la ONU

El representante de Estados Unidos dijo que, “las sanciones son una de las herramientas en un esfuerzo más amplio hacia Cuba para promover la democracia, promover el respeto a los derechos humanos“, y que reconocen el sufrimiento del pueblo cubano y por ello, a pesar del embargo, son uno de los principales socios comerciales de Cuba y autorizan cada año miles de millones de dólares en exportaciones.

El texto aprobado de la ONU y respaldado por la mayoría de los países integrantes, reitera suexhortación a todos los Estados a que se abstengan de promulgar y aplicar leyes y medidas del tipo indicado en el preámbulo de la presente resolución, en cumplimiento de sus obligaciones de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional, que, entre otras cosas, reafirman la libertad de comercio y navegación”.

Así mismo, solicita al secretario General, António Guterres, a que, en consulta con los órganos y organismos pertinentes del sistema de las Naciones Unidas, prepare un informe sobre el cumplimiento de la presente resolución a la luz de los propósitos y principios de la Carta y del derecho internacional y se lo presente en su septuagésimo sexto período de sesiones.

Colombia y Cuba, tensa relación

Sobre la relación entre ambos países no es un secreto que con la llegada del gobierno de Iván Duque y luego de la ruptura de los diálogos de paz con la guerrilla del ELN que avanzaban en La Habana, hubo una ruptura diplomática tras la solicitud que le hizo Colombia a ese país para que extraditara a los guerrilleros tras el atentado contra la Escuela de la Policía General Santander en Bogotá, y la isla se negara.

Recientemente, el 7 de mayo, la Cancillería de Colombia declaró persona no grata a un funcionario de la Embajada de Cuba que estaba acreditado en Colombia, tras lograr verificar que estaba desarrollando en el país actividades incompatibles con lo previsto en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas.

De acuerdo con el mensaje emitido por la entidad de relaciones exteriores, en este efecto hará lo que indica el procedimiento establecido en el artículo 9 de dicho instrumento internacional, el cual indica:

“El Estado receptor podrá, en cualquier momento y sin tener que exponer los motivos de su decisión, comunicar al Estado acreditante que el jefe u otro miembro del personal diplomático de la misión es persona non grata, o que cualquier otro miembro del personal de la misión no es aceptable”, indica el artículo.

SEGUIR LEYENDO:

Guardar