En diciembre de 2019 se debatía sobre dónde debería cursar el caso de Dilan Cruz, el joven asesinado el 23 de noviembre de 2019 en las protestas del paro nacional, si a la Justicia Penal Militar como lo pedía Abelardo de la Espriella, defensor del capitán del Esmad que disparó contra el joven, o la justicia ordinaria como lo pedía la familia de la víctima.
En ese momento, la hermana de Dilan, Denis Cruz, aseguró que dejar el caso en manos de la Justicia Penal Militar era sinónimo de impunidad. Declaraciones que respondió el abogado De la Espriella en Blu Radio. Primero explicó por qué para él era obvio que el caso estuviera en la justicia militar: “El capitán no estaba en un bar, con dos mujeres, sin uniforme. Estaba cumpliendo órdenes, venía de todo un periplo por el país con el escuadrón del Esmad y en el momento en que se presentan los hechos estaba actuando en el rol de sus funciones y deberes”, explicó.
Pero después se refirió a la posición de Denis Cruz, “lamento mucho la situación por la que está pasando la familia de este muchacho. No me imagino un evento más trágico y terrible para esta pobre gente. De corazón los acompaño porque no debe ser fácil una situación como esa y no se la deseo a nadie, pero Denis, la hermana del difunto, sabe de Derecho lo que yo sé de Física Cuántica. El Derecho no es lo que uno quiere, lo que uno quiere que sea”, manifestó.
Finalmente, Denis resultó teniendo la razón acerca de que el caso no debería estar en ese tribunal sino en la justicia ordinaria. El viernes, 18 de junio de 2021, la Corte Constitucional ordenó al Juzgado 189 de Instrucción Penal Militar que envié de forma inmediata las diligencias que adelanta contra el capitán de la Policía Nacional Manuel Cubillos Rodríguez, por la muerte de Dilan Cruz, a la Fiscalía 298 Seccional de la Unidad de Vida Bogotá, para que sea la justicia ordinaria la que continúe el juicio.
La Corte Constitucional sostuvo que la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura tomó en cuenta un conjunto de testimonios de miembros del Esmad, a partir de los cuales encontró demostrado un escenario de agresión contra la Policía, que explicaría el uso de la fuerza y, por lo tanto, la relación con el servicio de la conducta que dio lugar a la muerte de Dilan Cruz. Sin embargo, observó que en la providencia cuestionada la Sala Jurisdiccional Disciplinaria ignoró otras pruebas, que podrían conducir a una conclusión distinta, en aplicación de las reglas sobre el fuero penal militar.
Sobre esta decisión la joven se manifestó a favor y expresó: “Esta es una decisión que hemos estado buscando desde diciembre del 2019, cuando la justicia colombiana remitió el caso a la mal llamada Justicia Penal Militar. Desde entonces, como familia hemos tenidos que pasar por múltiples obstáculos para llegar a esta decisión”.
Así mismo, contó que fueron varias instancias las que le cerraron las puertas como familia, “que no se nos escuchó, mientras tanto se permitía que el proceso siguiera su curso ante una justicia que se basa en la idea de que policías juzguen a otros policías, es decir a sus propios colegas, y que las víctimas creamos que esa justicia es parcial”.
“En estos meses hemos tenido que soportar que el caso no tenga avances sustanciales o que incluso retroceda y que favorezca al victimario, también hemos soportado señalamientos y el cansancio de tener que deambular de institución en institución”, relató Cruz.
Es por lo anterior que celebran que la Corte Constitucional les dé la razón. “Es una pequeña victoria, es un avance judicial en un país acostumbrado a la impunidad de crímenes de Estado. Hoy la justicia nos devuelve un poco la esperanza sin embargo sabemos que el camino para encontrar la justicia sigue siendo largo”, admitió la hermana de Dilan Cruz.
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