Después de meses en debate, este jueves 17 de junio las comisiones segundas del Senado y la Cámara, encargadas de votar los proyectos relacionados con tratados internacionales, finalmente definirán si Colombia entra al Acuerdo de Escazú. Este pacto, que establece garantías sobre el acceso a la información y a la justicia en asuntos ambientales que sucede en América Latina y el Caribe, ha generado bastante polémica en el país.
A dos días de la votación, el senador por el Partido Verde Antonio Sanguino, uno de los líderes por el sí, le aseguró a Infobae Colombia que es importante que el país se sume al acuerdo porque esto permitirá que los asuntos ambientales internos sean tratados con más efectividad. Él explica que esta es una “oportunidad clave” para llegar a una democracia y evitar conflictos en este sector.
“Este acuerdo permite que la normatividad con la cual cuenta actualmente el país alcance la efectividad deseada, dado que sistematiza y ordena en un solo instrumento jurídico la dispersión normativa que tenemos en el país. El Acuerdo de Escazú es una oportunidad clave para que Colombia fortalezca su democracia ambiental y logre contar con las herramientas necesarias para prevenir los conflictos ambientales que se presentan en diversos territorios del país y brindar garantías de protección a la vida e integridad de los defensores de derechos humanos en asuntos ambientales”, dijo el senador.
Acerca de la protección a los defensores ambientales, se resalta que este es un punto muy importante, pues según el último informe de la organización internacional Global Witness, más de la mitad de los asesinatos de defensores medioambientales reportados el año pasado ocurrieron en dos países: Colombia y Filipinas. Cabe resaltar que, el país suramericano se lleva el primer puesto en este lamentable ranking.
Los ataques contra personas defensoras de la tierra y el medio ambiente han aumentado en el país desde 2018, y la organización se lo atribuye a la dificultad que existe en la nación para implementar los Acuerdos Finales de Paz en las zonas rurales. Incluso, otra ONG ambiental llamada Front Line Defenders, indica que en 2020 se presentaron 331 asesinatos a líderes ambientales en el mundo, de los cuales 177 sucedieron en Colombia.
Teniendo esto en cuenta, el senado Sanguino asegura que, “al parecer, en Colombia defender el ambiente cuesta la vida”, y que adherirse al acuerdo puede frenar ese hecho. Además, sostiene que el pacto beneficiaría a todos los sectores del país.
“El Acuerdo de Escazú beneficiaria a todos los sectores. Es necesario dejar a un lado los mitos y comprender que este es un acuerdo regional que protege a los defensores ambientales, pero también brinda garantías para la estabilidad e inversión extranjera en el país. El acuerdo determina la hoja de ruta para que países como Colombia que en el 2020 presentó el 53 por ciento de los asesinatos de defensores ambientales garantice un entorno seguro y propicio para que las personas, grupos y organizaciones promuevan y defiendan los derechos humanos en asuntos ambientales”, aseguró Sanguino.
A pesar de estos argumentos, senadores del partido de Gobierno se han manifestado en contra del acuerdo. Recientemente, la senadora María Fernanda Cabal inició una campaña en redes sociales en la que rechaza que Colombia se suscriba al pacto.
“El tratado de Escazú es peligroso porque significa la sesión de la soberanía a organismos internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Internacional de Justicia, la que nos quitó el área marítima alrededor de San Andrés y Providencia”, escribió Cabal en redes sociales.
Pero estos señalamientos, de acuerdo con la Alianza por el Acuerdo de Escazú, son falsos. Justo en octubre de 2020 el grupo presentó una serie de mitos que se habían formado sobre este acuerdo, principalmente sobre el tema que expuso Cabal. Se indicó que con la ratificación del acuerdo, las personas físicas o jurídicas, organizaciones nacionales o extranjeras sin ningún condicionante no podrán interferir en las decisiones sobre el ambiente en el país.
“Ninguna disposición del tratado cambia las reglas del derecho internacional público sobre los sujetos que pueden acudir a las jurisdicciones internacionales o nacionales. El artículo 2 incorpora la definición de público que se refiere a todas las personas naturales y jurídicas nacionales o sujetas a la jurisdicción del Estado. Concepto que, según el Acuerdo, se refiere a aquellas personas a quienes se les debe facilitar información, asistencia, orientación para el ejercicio de los derechos a la información, la participación y la justicia en asuntos ambientales, sin restricciones o discriminaciones”, se lee.
También explican que es cierto que la mayoría de las provisiones del tratado están formuladas para “el público”, por lo que la pregunta por su definición es relevante, pero de ninguna manera la última frase de la norma citada otorga a ninguna persona u organización internacional o nacional ninguna prerrogativa ni privilegio. Además, el artículo 15 señala que la participación del público en la implementación del Acuerdo no está definida sino que serán los países en la primera COP quienes definan las reglas para esto, siempre que se asegure su derecho a participar.
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