Desde hoy, el primer apellido podrá ser también el de la madre

El Congreso de la República aprobó el proyecto de ley que permite elegir libremente el orden de los apellidos de los hijos.

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Foto: Colprensa
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Ahora las parejas de padres podrán acordar cuál será el primer apellido en el nombre de los hijos, luego de que el Congreso de la República aprobó en último debate el proyecto de ley que elimina la asignación automática de el del padre en ese lugar.

La representante María José Pizarro, quien fue la autora de la iniciativa, aseguró que ahora los padres podrán elegir por acuerdo cuál de los apellidos va primero. “Es un paso inmenso para romper las brechas de género que existen en nuestro país, para romper todos estos imaginarios patriarcales, es un proyecto absolutamente simbólico que reconoce la labor de crianza, la labor de cuidado y obviamente a las madres en nuestro país”, señaló.

Una de las principales discusiones del debate fue el mecanismo de decisión en caso de desacuerdo. La senadora Angélica Lozano propuso que se dejara el de la madre si no se lograba un consenso entre los padres, sin embargo, según Pizarro, se estableció que será por medio de un sorteo como se fijará cuál de los dos ocupará el primer lugar.

En ese sentido, la Registraduría Nacional establecerá un mecanismo para realizar el sorteo, el cual aplicará el funcionario encargado del registro del o la menor, siempre y cuando los padres no logren llegar a un acuerdo.

La ley aplicará para hijos matrimoniales, extramatrimoniales, adoptivos, de unión marital de hecho, de parejas conformadas por el mismo sexo y para el caso de los hijos con paternidad o maternidad declarada por decisión judicial.

La representante Pizarro temía que el proyecto se archivara debido a que no había sido agendado en la plenaria del Senado y solo tenía hasta el 20 de junio para ser aprobado, porque se termina la actual legislatura.

Sin embargo, en la noche de este martes se incluyó en la agenda y finalmente se votó y logró 59 votos a favor y solo 2 en contra. Así, finalmente, la ley ‘Anula’ pasó a sanción presidencial para entrar en vigencia.

Según expuso el senador Gustavo Petro, ponente del proyecto, la Corte Constitucional en sentencia C 519 de 2019 determinó que el orden de los apellidos, que privilegiaba al padre, era discriminatorio contra la mujer, por lo que el orden no podía establecerse de esa manera.

De acuerdo con cifras entregadas por el DANE, el 40,7 % de los hogares colombianos tienen como jefes de hogar a madres cabeza de hogar, y el 56% de las madres en Colombia son madres cabeza de familia, es decir 12,3 millones de mujeres.

Tras el pronunciamiento de la Corte Constitucional, el Congreso de la República tenía dos años para regular el registro, velando por el artículo 91 de la Constitución y buscar igualdad entre hombres y mujeres.

Aunque era un proyecto sencillo, como reconoció Petro, y pasó sus debates sin mayor complejidad; desde la bancada Provida hubo oposición. A la senadora María del Rosario Guerra y a John Milton Rodríguez no les gustó para nada “los hijos de parejas del mismo sexo” que son cobijados por el proyecto. “Se estaría validando por ley o la adopción por parte de parejas del mismo sexo o la subrogación, dos temas que no han sido reconocidos por ley”, señaló la senadora del Centro Democrático en el debate.

Para el senador Roy Barreras la discusión no era el reconocimiento de las parejas del mismo sexo sino la elección del orden de sus apellidos, por lo que defendió que los hijos de personas homosexuales también tenían derecho a llevar un apellido.

La representante Pizarro también contestó esas críticas y aseguró que actualmente las parejas del mismo sexo pueden adoptar y el orden de los apellidos lo determina la pareja, debido a la sentencia ECU696 de 2015 de la Corte Constitucional, donde se determinó que las parejas del mismo sexo podían registrar con los apellidos que eligieran de manera consensuada.

Agregó que desde la misma Registraduría, que ha acompañado el proyecto desde un primer momento, se solicitó incluir esa consideración en el proyecto. Las personas mayores también pueden realizar, por una sola vez, un cambio de nombre o en el orden de los apellidos ante la entidad.

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