Marina Granziera, la presentadora de Gol Caracol y Blue Radio desde 2012 y quien es de origen brasileño publicó en su cuenta de Twitter una reflexión sobre la maternidad y el trabajo. En esa red social escribió: “A un hombre no se le pregunta ‘¿dejaste a tu bebé solo?’ cuando va a trabajar… ¿o sí?”.
Esto se debe a que ella es la encargada de cubrir muchos de los eventos deportivos del canal y viaja constantemente, pues su conocimiento de idiomas y temas futbolísticos la han posicionado en esa labor.
Este es el trino:
Y es que Granziera será la encargada de cubrir la Copa América 2021 y viajó desde hace varios días a territorio brasileño en donde ha tenido duras jornadas de trabajo.
La brasileña está casada con un colombiano desde 2011 con el que tiene una hija desde hace dos años.
La periodista y su esposo Iván Bonett ha compartido imágenes de su familia en redes sociales y aunque ella esté en Brasil, sigue al tanto de su hija de un año y medio de edad.
Machismo en medios
El pasado 9 de junio, la Corte Constitucional afirmó a través de una sentencia que los medios de comunicación tienen que facilitar los mecanismos para que, en dado caso que ocurra una situación de abuso y violencia sexual, la denuncia se aborde dentro de la empresa y sin estereotipos patriarcales y machismo.
A través de la sentencia T-140-21., de la magistrada ponente, Cristina Pardo Schlesinger, el tribunal dice que los medios de comunicación tienen buscar los medios “por encontrar en conjunto con sus empleados/as las vías para prevenir la violencia y/o discriminación contra la mujer y, en caso de que se presente, ofrecer el acompañamiento adecuado”.
Esto no podrá suceder a menos que las empresas entiendan cuáles son sus obligaciones constitucionales, legales y reglamentarias para proteger a sus empleados/as del acoso sexual, así como de la violencia y/o discriminación por motivos de género.
Esta sentencia se desprende del fallo de una tutela a favor de la periodista Vanesa Restrepo, que en junio de 2019 denunció ante sus jefes del periódico El Colombiano que había sido abusada sexualmente por Juan Esteban Vásquez, un compañero de trabajo.
Restrepo solicitó que se tomaran medidas para proteger su integridad durante el avance del proceso penal y que se diseñara un protocolo institucional claro de prevención y atención de casos de violencia sexual y de género.
El periódico dice que nunca puso en tela de juicio el testimonio de la periodista y negó que se haya propiciado un ambiente de acoso sexual en el ambiente laboral, por lo que inició un proceso para crear un protocolo de atención de este tipo de casos.
Así las cosas, la Corte falló a favor de Restrepo y declaró que el diario, originario de Medellín, por acción y omisión, vulneró los derechos fundamentales de la periodista abusada, pues “incumplió con sus deberes de prevenir, investigar y sancionar la violencia de la que fue víctima la accionante, privándola de contar con una ruta de atención y de acompañamiento claro, célere, confiable, con enfoque diferencial y de género e impidiéndole gozar de una ambiente laboral digno, sin revictimizaciones”.
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