Consejo de Estado, en desacuerdo con darle poderes de juez a la Procuraduría

Luego de que la reforma al Código Disciplinario fuera aprobada en primer debate, hay voces que se suman en contra de algunos puntos de este polémico proyecto que sigue su curso en el Congreso.

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Sala Plena del Consejo de Estado. (Colprensa - Diego Pineda)
Sala Plena del Consejo de Estado. (Colprensa - Diego Pineda)

En primer debate en las Comisiones Primeras de Senado y Cámara de Representantes se aprobó el pasado 4 de junio la reforma al Código Disciplinario, proyecto abanderado por la actual procuradora General, Margarita Cabello.

Lo aprobado implicará darle nuevos poderes a la Procuraduría General de la Nación, los que según esa entidad cumple con el fallo emitido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el caso de Gustavo Petro. Entre esos poderes está el darle capacidad de juzgamiento de funcionarios elegidos popularmente, situación que precisamente reprochó la Corte IDH.

Sobre el tema, el Consejo de Estado se manifestó en contra. Según conoció Blu Radio, para el alto tribunal, la Procuraduría constitucionalmente no forma parte de la rama judicial y por ende sus fallos pueden ser sometidos a un juicio en la jurisdicción contencioso administrativo.

“La Procuraduría no está prevista en la Constitución Política como un cuerpo que forme parte de la rama jurisdiccional, ni puede desempeñar las funciones que a ella le corresponden. Luego de que la Procuraduría expide actos administrativos sancionatorios contra los servidores públicos, estos tienen la posibilidad de acudir a la jurisdicción a solicitar su anulación y a pedir el restablecimiento de sus derechos, en un proceso que se tramita ante un juez independiente e imparcial con la participación de dos partes en igualdad de condiciones (el servidor como parte demandante y la Procuraduría como parte demandada), el cual termina con una sentencia que hace tránsito a cosa juzgada”, señala el pronunciamiento conocido por Blu Radio.

Y agrega que: Es evidente que tales instrumentos podrían modificarse para establecer medios aún más expeditos de defensa de los derechos de los servidores elegidos popularmente y de sus electores, tal y como se propuso en relación con los fallos de responsabilidad fiscal. Lo que no es admisible es dejar de considerar esta estructura constitucional y la función esencial de esta jurisdicción al estudiar la reforma legislativa en trámite”, concluye el pronunciamiento.

El 9 de junio, la Misión de Observación Electoral – MOE- le solicitó al Congreso de la República no aprobar el proyecto de reforma porque insiste, y en contravía de lo que señala la Corte IDH, en concentrar en la Procuraduría facultades de investigación y sanción de destitución, suspensión e inhabilidad contra todos los funcionarios públicos, sean estos elegidos o no popularmente. Esto preocupa sobre manera a la MOE, pues “el proyecto de ley busca convertir a los procuradores en jueces, quienes tendrían el poder de abrir investigaciones, y de ser el caso, sancionar e inhabilitar a funcionarios”.

“Este diseño no responde a lo solicitado por la CorteIDH, toda vez que pese a que el proyecto otorga facultades jurisdiccionales, estas se mantienen en una institución de carácter administrativo, y no son trasladadas a un juez penal”, afirmó, Alejandra Barrios, directora de la MOE. A lo que se suma que tales facultades se mantienen en un órgano cuyo titular tiene un origen político, debido a que es elegido por el mismo Congreso de la República, lo que no brinda las garantías de independencia e imparcialidad necesarias.

Así mismo, la propuesta de reforma da facultades a la Procuraduría para que de manera discrecional y sin previa valoración y conocimiento de un juez, autorice “la interceptación de comunicaciones, inspecciones corporales, registros y allanamientos, vigilancia y seguimiento de personas, vigilancia de cosas, entregas vigiladas, retención de correspondencia y recuperación de información producto de la transmisión de datos a través de las redes de comunicaciones”. Por ello, a la MOE le preocupan las afectaciones que se generan al principio democrático y a los derechos políticos de los ciudadanos.

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