Buscando proteger los cuerpos de personas no identificadas inhumadas en el cementerio El Carmen, de Riosucio, Caldas, y el proceso posterior de identificación de las posibles víctimas de desaparición forzada, la Jurisdicción Especial para la Paz prohibió durante seis meses los entierros y las exhumaciones en este punto de interés forense.
La información analizada por la Sección indica que, preliminarmente, podrían ser 200 las presuntas víctimas de desaparición forzada en ese municipio, si se tiene en cuenta que el registro de las desaparecidas en el resguardo indígena de San Lorenzo da cuenta de 125 personas identificadas y 27 no identificadas; y que las inspecciones realizadas en toda el área de Riosucio por el Cuerpo de Bomberos reportan 240 personas con posible identidad y 148 no identificadas.
De las 125 desapariciones reportadas por el resguardo, 47 habrían ocurrido entre 1985 y 2009. Y en 42 de estos registros el cementerio de Riosucio podría ser el lugar de disposición final de las víctimas pertenecientes a este pueblo indígena. En el cementerio El Carmen existe un área específica para la inhumación de cuerpos de personas no identificadas y de personas identificadas sin reclamar, y esta sería el área en la que los investigadores concentrarían su atención.
Sobre los presuntos responsables de tales hechos, la información aportada por las víctimas, las organizaciones, el Centro Nacional de Memoria Histórica, la Fiscalía General de la Nación y el Registro Nacional de Personas Desaparecidas indica que se trataría de diversos grupos, entre ellos, las extintas Farc-EP, especialmente el Frente 47, que operaba en la región, integrantes de la fuerza pública, estructuras paramilitares y otros grupos armados no identificados.
Debido a que no hay claridad sobre el número real de víctimas de desaparición forzada que se podrían encontrar en este municipio, la JEP solicitó información pertinente a la organización Equitas, al Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Riosucio, al Instituto de Medicina Legal (Unidad Básica de Supía), a la Procuraduría Regional y a la Alcaldía de Riosucio que permita esclarecer las cifras.
Finalmente, con base en el principio de colaboración armónica del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición, la Sección de la JEP invitó a la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas a coordinar las acciones que considere pertinentes en este caso.
La medida cautelar fue decretada por la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad (SAR), a través del Auto 030 de 2021, y responde a la solicitud que elevaron a la JEP el Consejo Regional Indígena de Caldas (Cridec), el Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice), el Cabildo indígena de San Lorenzo y el Equipo Colombiano de Trabajo Forense y Asistencia Psicosocial (Equitas), tras reportar una serie de acciones en dicho cementerio que podrían afectar los datos sobre los cuerpos allí inhumados.
Así mismo, la Sala de Amnistía o Indulto de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) le ordenó al Ministerio del Interior (MinInterior) y la Defensoría del Pueblo proteger a los indígenas Muina Murui, comunidad de Guaquirá, que habitan en Puerto Leguízamo (Putumayo). Según el mecanismo de justicia la mencionada población, principalmente quienes hacen parte de la Asociación de Autoridades Tradicionales y Cabildos Indígenas del Municipio de Leguízamo y Alto Resguardo Predio Putumayo (ACILAPP), están en riesgo por cuenta de los grupos armados ilegales que operan en este territorio.
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