David Racero demandó decreto de Iván Duque con el que ordenó la militarización de las ciudades

Según el representante a la Cámara, la implementación de la medida va en contra de derechos fundamentales y obligaciones internacionales de Colombia.

Guardar
Bogotá. Mayo 2 de 2021. Militares integrantes de la Décima Tercera brigada de la Quinta división, orgánicos del Grupo de caballería mecanizado No. 10 "Tequendama" realizan patrullajes con el fin de garantizar la seguridad de la población. Lugar: Carrera 7 con Calle 158 (Colprensa - Camila Díaz)
Bogotá. Mayo 2 de 2021. Militares integrantes de la Décima Tercera brigada de la Quinta división, orgánicos del Grupo de caballería mecanizado No. 10 "Tequendama" realizan patrullajes con el fin de garantizar la seguridad de la población. Lugar: Carrera 7 con Calle 158 (Colprensa - Camila Díaz)

Ante el Consejo de Estado, el representante a la Cámara David Racero presentó hoy una demanda de nulidad con solicitud de suspensión provisional urgente de las acciones estimadas en el decreto 575 del 28 de mayo de 2021,por el cual se imparten instrucciones para la conservación y restablecimiento del orden público”, expedido por el presidente Iván Duque y el ministro del Interior, Daniel Palacios.

De acuerdo con Racero, el decreto que “adopta medidas”, ordena la asistencia militar y el despliegue de acciones policivas para levantar por la fuerza los bloqueos, buscando el restablecimiento del orden público en ocho (8) gobernaciones y trece (13) municipios, vulnera la protesta social, agudiza la situación política y social por la que está atravesando el país, y promueve mayores vulneraciones de derechos humanos.

Es así como Racero sustenta la demanda de nulidad en tres (3) razones principales:

Para el congresista, con la puesta en marcha del decreto 575 se autoriza la participación de las Fuerzas Militares, pero de conformidad con tratados internacionales y jurisprudencia nacional, estos no deben intervenir en la contención o control de la protesta social, porque ello incrementa el riesgo de mayores vulneraciones de derechos humanos en nuestro país y principalmente porque esta función debe ser exclusiva de la Policía Nacional.

Adicionalmente, Racero indica que el decreto no garantiza el ejercicio de la protesta, toda vez que no ofrece ninguna posibilidad pacífica de tramitar las peticiones de los ciudadanos que están marchando y, por el contrario, ordena el uso de la fuerza militar y policial como la primera única medida para lograr el restablecimiento del orden público, yendo en contravía del mismo Código de Policía y del Estatuto que regula la protesta que indican que se debe dar primacía al diálogo y a la mediación en las protestas y que la fuerza debe ser utilizada como último recurso.

Racero cree que este decreto desconoce la autonomía territorial y vulnera los avances en materia de diálogo que han venido adelantando los gobernadores y alcaldes que han considerado que la solución a la actual crisis es el diálogo y la concertación. Para el representante, es reprochable que de manera unilateral y sin la suficiente justificación constitucional y legal se les ordene usar la fuerza a través de la fuerza militar y de policía para despejar los bloqueos en el marco del paro nacional.

La demanda de nulidad ya fue recepcionada por el Consejo de Estado y será este ente el que en los próximos días se pronuncie frente a la probabilidad de suspender la asistencia militar en algunos territorios del país.

Con el decreto, el presidente Duque ordenó a los gobernadores del Cauca, Valle del Cauca, Nariño, Huila, Norte de Santander, Putumayo, Caquetá y Risaralda y a los alcaldes de ciudades como Cali, Buenaventura, Pasto, Ipiales, Popayán, Yumbo, Buga, Palmira, Bucaramanga, Pereira, Madrid, Facatativá y Neiva garantizar el orden en los territorios porque, de lo contrario, serían sancionados.

“Coordinar con las autoridades militares y de Policía del departamento la asistencia militar de que trata el artículo 170 de la Ley 1801 de 2016, de manera que el departamento, el distrito y los municipios, pongan en ejecución este instrumento legal para afrontar y superar los hechos que dan lugar a la grave alteración de la seguridad y la convivencia, en sus respectivas jurisdicciones”, dice uno de los apartes del decreto 575 del año en curso.

Además, se pide a los mandatarios territoriales coordinar con la Policía Nacional y las “autoridades militares del departamento la asistencia militar de que trata el artículo 170 de Ley 1801 de 2016, de manera que el departamento, el distrito y los municipios, pongan en ejecución este instrumento legal para afrontar y superar los hechos que dan lugar a la grave alteración de la seguridad y la convivencia, en sus respectivas jurisdicciones”, reza el documento.

SEGUIR LEYENDO:

Guardar