Corte niega tutela con la que Álvaro Prada pretendía incluir más pruebas en su caso

Prada es investigado por la presunta comisión del delito de soborno a testigo en actuación penal.

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Cámara de Representantes
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Este 2 de junio, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia le negó una tutela al excongresista Álvaro Hernán Prada Artunduaga, quien interpuso esta acción constitucional contra la Sala Especial de Instrucción, que lo investiga por estar, al parecer, vinculado en el delito de soborno a testigo en actuación penal por el caso que también es investigado el expresidente Álvaro Uribe Vélez.

En la tutela, Prada cuestionaba que la Sala del alto tribunal realizara el “cierre de la etapa probatoria y que le fuera negada una solicitud probatoria formulada por su defensa”. El exrepresentante, quien renunció para poder ser investigado por la Fiscalía, dijo que existen “diversas irregularidades” dentro de su proceso.

El Tiempo recoge que la tutela del excongresista decía que no existía prueba para calificar el sumario, ya que hay “mucho por indagar” y se necesitaba una nueva etapa de investigación.

La Sala Civil negó los argumentos presentados por Prada dentro de la tutela, pues en este momento todavía está pendiente por resolver en la Sala de Instrucción si se envía el caso a la Fiscalía o sigue en competencia del alto Tribunal, luego de la renuncia de Prada al Congreso de la República.

La colegiatura criticada se encuentra pendiente de decidir la solicitud del quejoso sobre la remisión de su caso a la Fiscalía dada la pérdida de fuero constitucional por la renuncia a su investidura de congresista, por tanto, de aceptarse el requerimiento del actor y remitir las diligencias al señalado ente investigativo, es esa autoridad quien determinará si la causa criminal adelantada en contra del tutelante llegará o no a la etapa de juzgamiento, en la cual, valga decir, el interesado podrá solicitar las pruebas encaminadas a su defensa.

En el texto, la Sala Civil argumenta que, “no se observa irregularidad en la actuación de la Sala al denegar las pruebas requeridas por el quejoso, pues, para el “cierre de la investigación”, basta con el recaudo de la evidencia necesaria para calificar el sumario, actuación que compete única y exclusivamente a esa corporación en su condición de ente investigador”.

Agrega también que, “esas decisiones son apenas parciales, pudiendo ulteriormente insistir en el decreto de tales probanzas o de nuevos elementos de convicción, porque las determinaciones tomadas, ahora censuradas, con relación a la instrucción del asunto, no tienen la virtualidad de constituir cosa juzgada, estando indemne su derecho a solicitar el decreto y práctica de elementos probatorios”.

El caso de Prada inició en febrero de 2018, cuando Juan Guillermo Monsalve, importante testigo que ha señalado a Álvaro Uribe como el artífice de la creación del Bloque Metro de las AUC en Antioquia, recibió mensajes de WhatsApp de Carlos López o alias ‘Caliche’, donde le pedía una retractación sobre las acusaciones.

López le dijo que lo buscaba de “parte del ex” e incluso le dio a Monsalve el teléfono de Prada. Un tiempo después cambió de versión. Caliche se relaciona con Prada desde la campaña que hacía en el Huila, pero el exrepresentante a la Cámara del Centro Democrático dice que antes de eso no lo conocía.

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