La Corte Constitucional le volvió a hacer un llamado de atención al Gobierno nacional, principalmente a la Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas (Uariv), por no reconocer los derechos fundamentales de los afectados del conflicto. Este 31 de mayo, el mecanismo judicial señaló que la oficina adscrita a la Presidencia de la República se ha negado varias veces a reconocer a un grupo de víctimas y esto impide ayudarlas, lo que podría exponerlas a más formas de violencia y revictimizarlas.
“Es necesario hacer un fuerte llamado de atención a la Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas respecto de su conducta, la cual podría catalogarse como vulneratoria de los derechos fundamentales de las víctimas. (...) Esta es una de las primeras formas de reconocimiento de la trasgresión de sus derechos, y una de las principales herramientas que requiere este grupo de personas al momento de buscar la reparación”, indicó la corte.
El pronunciamiento se hizo después de que el tribunal conociera tres tutelas presentadas por víctimas del conflicto que denuncian que la Uariv les ha negado en varias oportunidades ser incluidas en el Registro Único de Víctimas (RUV). Al parecer, la negativa está relacionada a que la unidad argumenta que no se podía concluir que esas personas fueran víctimas del conflicto armado interno a pesar de que declararon haber perdido a familiares a manos de grupos armados al margen de la ley.
La corte no acepta esa razón porque se vulnerarían los derechos de los solicitantes. Además, se cuestionó que la Uariv realizara la investigación pertinente en cada caso y por eso argumentan que no hay evidencia suficiente para incluir a las víctimas en el RUV.
“Se prefirió trasladar la carga de la prueba a los peticionarios y para desconocer hechos probados sin un mínimo de análisis. La inclusión en el RUV es la vía idónea y eficaz para garantizar sus derechos como víctimas del conflicto armado interno, de lo contrario, se les estarían violando una multiplicidad de derechos fundamentales como a la verdad, justicia, reparación, mínimo vital, unidad familiar, alimentación, salud, vivienda, entre otros”, explicó la Corte Constitucional.
Teniendo en cuenta este panorama, la alta corte le dio un plazo de 10 días a la Uariv para que incluya en el Registro Único de Víctimas a las personas que dejó de reconocer y que presentaron la tutela mencionada. La Corte asegura que estas personas no solo fueron víctimas del homicidio de sus familiares, sino del secuestro, acceso carnal violento, desplazamiento y desaparición forzada, entre otros.
Hay que recordar que, recientemente la Corte Constitucional también se pronunció en favor de las víctimas del conflicto para ratificar las 16 curules de paz en en la Cámara de Representantes, de manera temporal y por dos períodos electorales, destinadas a esta población.
El proyecto de ley fue radicado en 2017 por el entonces ministro del Interior, Guillermo Rivera, y pasó al Congreso para su aprobación, pero que terminó estancado según la plenaria, porque no obtuvo las mayorías requeridas. Rivera junto al senador Roy Barrera entuteló el proceso legislativo que concluyó con la decisión definitiva el pasado 21 de mayo por parte de la Corte Constitucional que amparó el derecho a las víctimas de tener representación política y aclarara que sí se cumplió con el número requerido de congresistas que votaron a favor del proyecto.
El alto tribunal ordenó al Congreso dar por aprobado el proyecto de ley con el cual se crean las 16 curules de paz, proceso que quedó definido en el informe de conciliación número 017 de 2017. Allí no solo se expone que las listas de candidatos para estas curules deberán elaborarse teniendo en cuenta el principio de equidad e igualdad de género, sino que especificó las zonas del país donde deben salir los votos para esos futuros parlamentarios que se definirían en las elecciones legislativas de 2022.
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