Las 16 zonas de Colombia que tendrán representación en el Congreso con las curules de paz

El proyecto de ley que ratificó la Corte Constitucional, para crear las curules transitorias en la Cámara de Representantes, detalla que los votos para esos futuros parlamentarios deben salir de 16 zonas que componen 167 municipios, aquellos donde el conflicto armado fue devastador.

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Bogotá. Junio 10 de 2020.
Bogotá. Junio 10 de 2020. Víctimas del conflicto armado se reúnen en la Plaza de Bolívar para exigirle al gobierno nacional atención, asistencia y reparación integral. (Colprensa - Camila Díaz)

En el acuerdo de paz que firmó el Estado colombiano con la desmovilizada guerrilla de las Farc en 2016 no solo se definió darle participación política a los excombatientes sino también a las poblaciones y zonas especialmente afectadas por el conflicto armado y el abandono institucional. En lo pactado quedó que el el Gobierno nacional, en ese momento el de Juan Manuel Santos, se comprometía a crear un total de 16 circunscripciones en la Cámara de Representantes, de manera temporal y por 2 períodos electorales.

Proyecto de ley que radicó en 2017 el entonces ministro del Interior, Guillermo Rivera, al Congreso para su aprobación pero que terminó estancado según la plenaria porque no obtuvo las mayorías requeridas. Rivera junto al senador Roy Barrera entuteló el proceso legislativo que concluyó con la decisión definitiva este 21 de mayo por parte de la Corte Constitucional que amparó el derecho a las víctimas de tener representación política y aclarara que sí se cumplió con el número requerido de congresistas que votaron a favor del proyecto.

El alto tribunal ordenó al Congreso dar por aprobado el proyecto de ley con el cual se crean las 16 curules de paz, proceso que quedó definido en el informe de conciliación número 017 de 2017. Allí no solo se expone que las listas de candidatos para estas curules deberán elaborarse teniendo en cuenta el principio de equidad e igualdad de género, sino que especificó las zonas del país donde deben salir los votos para esos futuros parlamentarios que se definirían en las elecciones legislativas del 2022.

Las mencionadas circunscripciones transitorias especiales de paz estarán conformadas así:

C1 municipios del Cauca: Argelia, Balboa, Buenos Aires, Caldono, Caloto, Cajibío, Corinto, El Tambo, Jambaló, Mercaderes, Morales, Miranda, Patía, Piendamó, Santander de Quilichao, Suárez y Toribío. Municipios de Nariño: Cumbitara, El Rosario, Leiva, Los Andes, Policarpa y los municipios de Florida y Pradera, Valle del Cauca.

C2 conformada por Arauquita, Fortul, Saravena y Tame. Departamento de Arauca.

C3 municipios de Antioquia: Briceño, Cáceres, Caucasia, El Bagre, Ituango, Nechí, Remedios, Segovia, Tarazá, Valdivia, Zaragoza.

C4 constituida por 8 municipios de Norte de Santander: Convención, El Carmen, El Tarra, Hacarí, San Calixto, Sardinata, Teorama y Tibú.

C5 municipios del departamento del Caquetá: Florencia, Albania, Belén de los Andaquíes, Cartagena del Chairá, Curillo, El Doncello, El Paujil, Montañita, Milán, Morelia, Puerto Rico, San José de Fragua, San Vicente del Caguán, Solano, Solita y Valparaíso, y el municipio de Algeciras del departamento del Huila.

C6 municipios del departamento de Chocó: Bojayá, Medio Atrato, Istmina, Medio San Juan, Litoral de San Juan, Novita, Sipí, Acandí, Carmen del Darién, Riosucio, Unguía, Condoto y dos municipios de Antioquia, Vigía del Fuerte y Murindó.

C7 municipios del departamento del Meta: Mapiripán, Mesetas, La Macarena, Uribe, Puerto Concordia, Puerto Lleras, Puerto Rico y Vistahermosa y 4 municipios del departamento del Guaviare, San José del Guaviare, Calamar, El Retorno y Miraflores.

C8 municipios del departamento de Bolívar: Córdoba, El Carmen de Bolívar, El Guamo, María La Baja, San Jacinto, San Juan de Nepomuceno y Zambrano. Municipios de Sucre: Colosó, Chalán, Los Palmitos, Morroa, Ovejas, Palmito, San Onofre y Toluviejo.

C9 municipios del Cauca: Guapi, López de Micay y Timbiquí, Buenaventura, del departamento del Valle del Cauca.

C10 está constituida por 11 municipios del departamento de Nariño: Barbacoas, El Charco, La Tola, Maguí, Mosquera, Olaya Herrera, Francisco Pizarro, Ricaurte, Roberto Payán, Santa Bárbara y Tumaco.

C11 municipios del departamento del Putumayo: Orito, Puerto Asís, Puerto Caicedo, Puerto Guzmán, Puerto Leguízamo, San Miguel, Valle del Guamuez y Villagarzón.

C12 municipios del Cesar: Agustín Codazzi, Becerril, La Jagua de Ibirico, La Paz Pueblo Bello y Valledupar. Municipios de La Guajira: Dibulla, Fonseca, San Juan del Cesar. Municipios del Magdalena: Aracataca, Ciénaga, Fundación y Santa Marta.

C13 municipios del departamento de Bolívar: Arenal, Cantagallo, Morales, San Pablo, Santa Rosa del Sur y Simití y el municipio de Yondó del departamento de Antioquia.

C14 municipios de Córdoba: Puerto Libertador, San José de Uré, Valencia, Tierralta y Montelíbano.

C15 municipios del departamento del Tolima: Ataco, Chaparral, Planadas y Rioblanco.

C16 municipios del departamento de Antioquia: Carepa, Chigorodó, Dabeiba, Mutatá, Necoclí, San Pedro de Urabá, Apartadó y Turbo.

En las elecciones del próximos año los habitantes de estos municipios deberán elegir a su representante que ocupará la debida curul en la Cámara de Representantes en representación de la población víctima durante el periodo 2022 - 2026 y este mismo proceso se deberá repetir para el periodo 2026 - 2030. Los candidatos solo pueden ser inscritos por organizaciones de víctimas, organizaciones campesinas u organizaciones sociales, incluyendo al de las mujeres y grupos significativos.

Dado el carácter especial de estas circunscripciones, los miembros de los grupos armados al margen de la ley que hayan suscrito un acuerdo de Paz con el Gobierno nacional y/o se hayan desmovilizado de manera individual en los últimos veinte años, no podrán presentarse como candidatos a las circunscripciones transitorias especiales de paz.

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