Cartagena sigue en alerta roja por cuenta del tercer pico de covid-19 en el país, además, cuenta con una alta ocupación de UCI que ya superó el 93 % de la capacidad de la ciudad, por ello, el alcalde William Dau Chamat, a través del decreto 0553 del 14 de mayo de 2021, ordenó continuar desde el lunes 17 de mayo, hasta las 05:00 horas del 27 de mayo, las medidas de toque de queda, pico y cédula para establecimientos de grandes superficies y mantener las restricciones para el uso de playas y chivas, consumo de bebidas alcohólicas, eventos y clases presenciales.
Adicional a esto y dada la situación que atraviesa la ciudad, esta nueva normativa incluye un toque de queda más estricto durante el fin de semana. Estas medidas fueron concertadas con el Comité Epidemiológico del Departamento Administrativo Distrital de Salud (DADIS), y el principal llamado de a la ciudadanía es a mantener el cuidado individual y colectivo para mitigar el avance de los contagios.
Las medidas que contempla el decreto 0553 se establecieron de la siguiente forma:
Los establecimientos de comercio y/o locales comerciales autorizados, podrán prestar sus servicios presenciales al público hasta una hora antes de dar inicio al toque de queda para cada día, a efectos de permitir el desplazamiento de los usuarios y consumidores a sus viviendas. Esto significa que, cuando el toque de queda inicia a las 9 p. m. los establecimientos podrán atender hasta las 8 p. m., mientras que, cuando el toque de queda sea a las 3 p. m. podrán atender hasta las 2:00 p. m.
Se exceptúa de la medida de toque de queda pico y cédula o alguna restricción en los siguientes casos y actividades:
1. Los empleados de los establecimientos a los cuales se refiere el presente artículo, y domiciliarios, quienes deberán estar debidamente identificados y acreditados por parte del empleador, en caso de ser requerido por las autoridades competentes.
2. Asistencia y prestación de servicios de salud por emergencias o citas previas, cuando estos se encuentren ubicados en estos sitios.
3. Servidores públicos y contratistas del Estado en uso de sus funciones y/o que sean estrictamente necesarios para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por la covid-19.
4. La Policía Nacional, las Fuerzas Militares y organismos de seguridad en cumplimiento de su misión Constitucional y legal.
5. El Cuerpo Oficial de Bomberos, Defensa Civil, Cruz Roja, Organismos de Socorro en el cumplimiento de sus funciones de atención al desempeño de su misión.
6. Los funcionarios de las empresas de servicios públicos para realizar las actividades estrictamente necesarias para operar o mantener el acueducto, alcantarillado, energía eléctrica y aseo.
7. La prestación de servicios de vigilancia y seguridad privada.
8. Personal que preste sus servicios al sector de la salud.
9. Actividad hotelera, establecimientos de la industria gastronómica, y parques.
Sigue restricción al consumo de licor:
Hasta las 5 de la mañana del 27 de mayo sigue prohibido el consumo de bebidas alcohólicas o embriagantes en el interior de tiendas, refresquerías, terrazas, billares, galleras, clubes y corporaciones sociales, estancos y/o licoreras y espacios públicos.
Sin embargo, están autorizados los domicilios.
Horarios para uso de playas y chivas:
El ingreso a las playas autorizadas y el uso de las chivas también seguirá sujeto a horarios y cumpliendo todas las medidas de bioseguridad.
Horario de ingreso a playas
- Lunes 17 de mayo: 8:00 a. m. hasta la 1:00 p. m.
- Martes 18 a viernes 21 de mayo: de 8:00 a. m. hasta las 5:00 p. m.
- Lunes 24 a miércoles 26 de mayo: de 8:00 a. m. hasta las 5:00 p. m.
Horario de uso y movilización en chivas
- Lunes 17 de mayo: 9:00 a. m. hasta la 1:00 p. m.
- Martes 18 a viernes 21 de mayo: de 9:00 a. m. hasta las 6:00 p. m.
- Lunes 24 a miércoles 26 de mayo: de 9:00 a.m. hasta las 6:00 p.m.
Eventos siguen prohibidos:
Continúan las restricciones de eventos públicos en todo el territorio del Distrito de Cartagena, en especial en la Zona Norte e Insular, la realización de cualquier tipo de espectáculo público o eventos de fiestas electrónicas y de cualquier otro tipo, en playas y espacios públicos, “así mismo se prohíbe la utilización de Pick-up, o de cualquier otra clase de artefacto de amplificación sonora que genere alteraciones a la tranquilidad y convivencia ciudadana”, confirmó la alcaldía.
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