Colombia atraviesa por uno de los momentos social y político más críticos de los últimos años. Cientos de manifestantes desde el pasado 28 de abril, cuando inició el paro nacional, han salido a las calles y en medio de las protestas han denunciado graves excesos por parte de la fuerza pública, pero también desde el Ministerio de Defensa aseguran que hay 579 policías lesionados.
Si bien estas manifestaciones iban en contra de la reform tributaria que presentó el Gobierno nacional y que ya fue retirada del Congreso, los ciudadanos, sindicalistas y otros grupos sociales han anunciado que seguirán exigiendo otros puntos como ir en contra de la reforma a la salud y alertar sobre la violencia policial a la comunidad internacional.
“Presidente Duque, URGENTE CONMOCIÓN INTERIOR y militarizar ciudades y carreteras, detrás de esta destrucción y caos están los tentáculos del narcocomunismo: Maduro, Cuba, ELN, Farc y sus cómplices”, trinó el senador Carlos Felipe Mejía.
Mejía insistió en que, “están en juego la estabilidad institucional, la seguridad del Estado, la convivencia ciudadana, además d la salud y la vida de miles de inocentes. Urgente art. 213 d la Constitución, decretar CONMOCIÓN INTERIOR y militarizar ciudades”.
Por su lado, el senador Nicolás Pérez calificó como urgente acudir a la figura de la conmoción interior, señalando que no se puede permitir que “continúen desestabilizando el país ejerciendo el terrorismo y perpetrando la violencia. Hay que ejercer toda la legítima autoridad del Estado para restablecer el orden”.
¿Qué significa la conmoción interior en Colombia?
Este mecanismo se estipula en la Constitución en el artículo 213 y expone: 2En caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado, o la convivencia ciudadana, y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de Policía, el presidente de la República, con la firma de todos los ministros, podrá declarar el Estado de Conmoción Interior, en toda la República o parte de ella, por término no mayor de noventa días, prorrogable hasta por dos períodos iguales, el segundo de los cuales requiere concepto previo y favorable del Senado de la República”.
Si se declara, el gobierno, en este caso Iván Duque, tendrá las facultades para “suspender las leyes incompatibles con el Estado de Conmoción y dejarán de regir tan pronto como se declare restablecido el orden público”, que podrá ser hasta en 90 días.
Para José Miguel Vivanco, director de Human Rights Watch, recurrir al estado de conmoción en este momentos es un error. “El gobierno de Colombia debe tomar medidas urgentes para bajar las tensiones y proteger los DDHH. Si el gobierno declara el estado de conmoción interior, estaría haciendo exactamente lo contrario”, dijo Vivanco.
Conmoción interior en la era Uribe
Desde su introducción en la Constitución de 1991, el estado de conmoción interior ha sido declarado en cuatro oportunidades por dos presidentes: César Gaviria y Álvaro Uribe.
En el caso de Uribe, la primera vez que declaró la conmoción interior fue en agosto de 2002, porque a su juicio la “Nación entera está sometida a un régimen de terror”, ocasionada por los “infames ataques” de las bandas armadas, organizadas y financiadas por el narcotráfico, el secuestro y la extorsión. Con las facultades que le dio ese mecanismo, pidió inversión adicional para la Policía y las Fuerzas Militares, para así lograr su expansión operativa y modernización.
Además, el entonces presidente ordenó crear mecanismos para agilizar los registros, inspecciones y allanamientos de sospechosos de haber cometido actos terroristas o pertenecer a este tipo de organizaciones. El gobierno recurrió, además, al toque de queda y a la restricción de circulación de personas y vehículos a determinadas horas.
La segunda vez fue en 2008, durante su segundo mandato, Uribe volvió a recurrir a este estado de excepción después de que fracasaran las negociaciones con los empleados judiciales, que se declararon en huelga el 3 de septiembre de ese año y que no aceptaron las alzas salariales decretadas, lo que mantiene paralizada la administración de justicia.
Uribe dijo en su momento que tomó la decisión tras ser advertido de que la parálisis de los juzgados podría llevar a la excarcelación de peligrosos presos. Entre las medidas adoptadas, se facultó al Consejo Superior de la Judicatura para que sustituya a los jueces que no cumplan con sus funciones.
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