Le explicamos cómo solicitar la devolución del dinero que aportó a pensiones

Esta solicitud es válida en algunos casos, entre ellos, que el solicitante no cuente con el capital requerido para completar el valor total de su pensión.

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Le explicamos cómo solicitar la devolución del dinero que aportó a pensiones Vía: Prosperidad Social

Existen varios casos en los que es posible que las entidades de pensión, le devuelvan a una persona el monto cotizado en pensiones, en vez de recibir una pensión, para poder usar estos beneficios, se necesita cumplir con varios requisitos y entregar la documentación correspondiente según la entidad. Primero hay que identificar si la persona se encuentra en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, en caso de que sí, la devolución de este dinero solo se podrá hacer cuando no se cuente con el capital requerido.

Pero este capital debe ser el suficiente para completar el 110% de un salario mínimo legal vigente o no cumplir con el requisito de edad para pensionarse, también tienen derecho de participar de esta propuesta las personas invalidas así no cumpla los requisitos de semanas cotizadas exigidos por la ley o los beneficiados de esta persona que no alcanzó a cumplir con los procesos.

Pero hay que tener en cuenta que la devolución del monto total, más los rendimientos que se obtuvieron durante ese tiempo solo se puede reclamar a la edad de 62 años en hombres y 57 años en mujeres.

Un hombre es visto en
Un hombre es visto en una calle de Cali (Colombia). EFE/Ernesto Guzmán Jr/Archivo

Pasos a seguir:

Descargar los formatos: Formato solicitud de prestaciones económicas, formato para solicitud de indemnización, formato cuenta de pago. Esto se puede hacer a través de la página web de la entidad o reclamarlos en cualquier Punto de Atención

Presentar el documento de identificación original en cualquier punto de atención a nivel nacional y recibir asesoría para proceder a la radicación de documentos.

Radicar los formatos debidamente diligenciados, anexando los documentos requeridos en los puntos de atención a nivel nacional.

Notificarse del acto administrativo en cualquier punto de atención de la entidad a nivel nacional o por medios electrónicos previa autorización.

Efectuar el cobro de la prestación si hay lugar a ello.

En caso de que el solicitante haya fallecido y cuenta con las semanas requeridas (50 semanas en los últimos tres años anteriores a la fecha del fallecimiento), sus beneficiarios pueden acceder a la pensión de sobreviviente independiente del régimen donde se encuentra afiliado.

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La pandemia los encontró en la calle sobreviviendo con algún trabajo precario. Ahora, deben confinarse por dos meses y medio para evitar contagiarse del nuevo coronavirus. Para muchos ancianos, el riesgo de enfermarse corre de la mano con el miedo de perecer en soledad.

Impuestos a pensiones e ingreso solidario serían inconstitucionales: Procuraduría

En tal sentido se pronunció el Ministerio Público en una audiencia convocada por el senador Alexander López que tuvo como objeto debatir el “Impacto de la reforma tributaria en los pensionados, jubilados y trabajadores del país”.

A través de la vocería de la Procuradora Delegada, Cristina Cortés, se indicó que el artículo 63 del proyecto de la reforma tributaria, cuya propuesta central es un impuesto a las pensiones de más de 4.8 millones de pesos, “no es un buen precedente porque desincentiva el ahorro pensional y va en contra de la generación de empleo”.

Cortés hizo énfasis en que el nuevo impuesto implicaría una doble tributación al pensionado, porque dicha decisión podría afectar el valor intrínseco de la pensión y del ingreso de 2,3 millones de pensionados que hay actualmente en el país.

A lo que la funcionaria de la Procuraduría agregó que gravarles ingresos a los 2.3 millones de pensionados, afectaría tanto el valor intrínseco de la pensión como el ingreso de los beneficiados, motivo por el que considera que el nuevo impuesto, de ser aprobado, implicará una doble tributación al pensionado.

La Procuradora Delegada también emitió concepto sobre el denominado impuesto solidario, cuyo núcleo consistirá en gravar los salarios superiores a $10 millones, otro de los polémicos artículos de la Reforma Tributaria.

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