En medio de la intervención del Esmad en las protestas que se adelantan en el centro de Bogotá, un agente de esta fuerza policial fue grabado mientras disparaba directamente contra los manifestantes, un uso de su arma que va en contra de los protocolos establecidos por las autoridades.
En la grabación se ve como algunos defensores de derechos humanos reprochan la actitud del agente, quien más adelante vuelve apuntar su arma contra civiles. “No puede apuntar directamente, qué número es”, pregunta la mujer que graba refiriéndose a que le digan el número de identificación de este miembro del Esmad.
Aquí puede ver el momento en el que el agente dispara:
Según la Red Internacional de Derechos Humanos entre la basta variedad de armas utilizadas por el cuerpo antidisturbios, que en teoría están reguladas y certificadas, cabe resaltar las balas de goma, balas de gas lacrimógeno, granadas de sonido y pimienta, granadas multipropósito, granadas de humo, entre otras. Todas estas reguladas bajo parámetros y protocolos de uso en el Manual para el Servicio de Policía en la Atención, Manejo y Control de Multitudes, en el cual también se especifica qué tipo de lanzamiento debe utilizarse para cada artefacto (sea de forma parabólica, rasante o rastrero), a cuántos metros de distancia de la multitud y se hace hincapié en que jamás se debe apuntar directamente a una persona
Además, cabe recordar que el cuerpo policial antidisturbios está regulado (entre otras fuentes) por la resolución número 03002 del 26 de junio de 2017, capítulo VII artículo 21, en el cual se afirma que el Esmad es un grupo especializado que actúa frente a aglomeraciones de público cuando las mismas resulten en “disturbios, motines y demás situaciones de violencia” que amenacen la convivencia y la seguridad ciudadana.
A pesar de que esta resolución clarifica que el cuerpo policial solo deberá actuar frente a situaciones específicas de riesgo y desorden, en las últimas manifestaciones la resolución se vio transgredida, pues los asistentes eran desalojados violentamente de vías en las que se desarrollaban manifestaciones pacíficas, con la justificación de la alteración del tráfico y la imposibilidad de desarrollar actividades con normalidad.
En la esfera internacional, la Comisión y la Corte Interamericana de los Derechos Humanos afirman que solo se justifica el uso de la fuerza bajo los principios de legalidad, proporcionalidad y absoluta necesidad. Aclarando también que la dispersión o desconcentración forzada son considerados interferencia al ejercicio del derecho a la protesta, además de atentar contra la vida e integridad de los manifestantes.
Adicionalmente, el artículo 2 del código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, afirma que es deber de los funcionarios que hacen cumplir la ley respetar y proteger la dignidad humana, además de su deber de defender los derechos humanos de todas las personas.
La alcaldesa Claudia López a su vez informó que, a las 5:00 de la tarde la operación de TransMilenio comenzará su cierre y le recordó a la ciudadanía el toque de queda que rige a partir de las 8:00 de la noche.
“En el transcurso de la mañana tuvimos múltiples afectaciones y bloqueos en el sistema de transporte, y es posible que en la tarde pueda ocurrir algo similar, de manera que les ruego no esperar hasta el final de la tarde o en la noche para regresar a sus casas”, señaló la alcaldesa Claudia López.
A esta hora además, se reportan disturbios en el Parque de los Periodistas, donde los manifestantes fueron dispersados por agentes del ESMAD y se movilizaron hacia la calle 19 entre carrera 4, 5 y 3. Se registran daños en la estación de TransMilenio Museo del Oro y en una de las sedes del banco Davivienda tras los desmanes presentados en esta zona de la ciudad.
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