La Cámara de Representantes aprobó en primer debate el Código Nacional de Protección y Bienestar Animal

La iniciativa cataloga a los animales como sujetos de derecho, estableciendo que deben vivir en condiciones apropiadas; no sufrir de hambre ni sed; no ser sometidos a malestar físico, dolor, malos tratos, ni actos crueles, entre otras.

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La norma busca regular todas las interacciones entre los humanos y los animales para seguir labrando el camino jurídico que prevenga y sancione los maltratos de todas las especies naturales. Foto: Colprensa - Camila Díaz.
La norma busca regular todas las interacciones entre los humanos y los animales para seguir labrando el camino jurídico que prevenga y sancione los maltratos de todas las especies naturales. Foto: Colprensa - Camila Díaz.

Este martes 20 de abril, la Comisión Primera de la Cámara de Representantes aprobó en primer debate un proyecto de ley que busca crear un Código Nacional de Protección y Bienestar Animal, que delimita la titularidad de los derechos de los animales y establece garantías mínimas de protección.

“Terminamos la aprobación del Código de Protección y Bienestar Animal, acabamos de aprobar los 42 artículos que faltaban así que hemos aprobado la totalidad del proyecto en primer debate”, expresó el representante del partido Liberal Juan Carlos Losada, quien creó y ha liderado esta iniciativa.

Losada agradeció a todas las personas y organizaciones que han apoyado esta iniciativa y manifestó que, “se viene un debate sobre muchas de las medidas, especialmente de veterinarios y la gente de los criaderos, que está molesta por las reglas que les estamos poniendo, que yo creo que son justas, pero estamos dispuestos a seguir discutiendo con todos los clubes caninos”.

Así mismo, el parlamentario aseguró que, “nos hemos caracterizado en la discusión del código por generar un diálogo muy amplio escuchando a todas las voces y así lo vamos a seguir haciendo. Pero les quiero decir que hoy estamos realmente felices porque se aprobó en primer debate nuestro código”.

En una entrevista reciente con el diario El Tiempo, Juan Carlos Losada explicó cuáles serían los requisitos para la crianza y comercialización de animales.

“Antes de esta legislación, los animales siempre habían sido vistos como cosas y los animales no son cosas, son seres sintientes, por eso todas nuestras interacciones con ellos nunca deben de ser vistas desde esa perspectiva. En cuanto a la cría y comercialización, lo que proponemos es que se haga a través de personas jurídicas, es decir, que si yo quiero reproducir animales debo constituirme en una empresa y aplicar para tener una licencia que tiene que tener unos requisitos”, expresó .

Igualmente, explicó que esto va desde las condiciones en las que se puede tener a esos animales hasta cómo los se van a reproducir. “En cuanto a la comercialización, estamos poniéndoles las reglas muy claras, se necesitará cumplir con unas reglas locativas, administrativas y de tenencia”, dijo.

<b>¿De qué trata esta nueva reglamentación?</b>

La propuesta de Losada consta de 251 artículos y el proyecto busca, entre otras cosas, regular todas las interacciones entre los humanos y los animales para seguir labrando el camino jurídico que prevenga y sancione los maltratos de todas las especies naturales.

Algunas de las propuestas que contiene el proyecto son que se reconoce a los animales invertebrados una protección especial ligada a su valor ecosistémico; se prohíbe el abandono de los animales, así como su sacrificio sin diagnóstico veterinario previo y se prohíbe la tenencia de animales silvestres en calidad de animales de compañía.

Así mismo actualiza las multas, facilita el proceso y otorga herramientas a las autoridades para realizar aprehensiones preventivas, sancionar de forma efectiva a los maltratadores y proteger a los animales.

“Se regula lo relativo a la reproducción, cría y comercialización de animales, fijando límites para que solo personas jurídicas que cumplan con ciertos requisitos y determinados parámetros de bienestar puedan desarrollar estas actividades. También prevé gravosas sanciones el cese de funcionamiento y el decomiso inmediato de animales, en caso de incumplimiento”, compartió El Tiempo.

Así mismo, se prohíbe el sacrificio de animales por no cumplir los estándares de la raza, presentar discapacidades, malformaciones genéticas, no poderse reproducir, haber llegado a la edad de vejez o por tener enfermedades cuando estas no les impidan vivir bajo unos parámetros mínimos de bienestar animal, conforme a un concepto veterinario.

Actualiza, agiliza y fortalece el procedimiento para sancionar el maltrato animal que no es sancionable por la Ley 1774 de 2016: perros en balcones, golpes a animales, heridas en sitios de baño y peluquería, entre otros.

También reconoce en cabeza de los animales vertebrados e invertebrados sintientes una serie de derechos y libertades que, sin ser los mismos reconocidos como seres humanos, pretenden otorgarles un estatus superior en el ordenamiento jurídico, para reforzar su protección.

Igualmente, reconoce a los animales invertebrados, como abejas, una protección especial ligada a su valor ecosistémico. También prohíbe el uso de métodos crueles para el control de plagas de animales vertebrados, como las trampas de pegamento para roedores.

“Con el Código resolveríamos muchos de los vacíos que hoy existen en nuestra legislación y que requieren atención inmediata, más en un país donde existe un constante y profundo relacionamiento con los animales”, dijo Juan Carlos Losada a El Tiempo.

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